miércoles, 16 de noviembre de 2016

CRIMINOLOGÍA DEL DESARROLLO (CAPITULO II.2)

MÉTODOS Y TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN EN EL DESARROLLO. (CAPITULO II.2)




AFIRMACIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA DEL DESARROLLO COMO CIENCIA


La Criminología ha existido desde que surgió el interés por el antisocial y por conocer las causas que lo llevaron a cometer cierta conducta contraria a la tranquilidad de la sociedad. Si para que la Criminología sea considerada como ciencia debe pasar por el método científico, pues ya lo hizo, la Criminología, observa, describe, plantea preguntas, las explica y concluye, si además es necesario que compruebe cómo obtiene sus respuestas, la Criminología está en posición de hacerlo y de sistematizar su conocimiento.

El carácter científico de la Criminología ha sido muy discutido, hay quienes la consideramos una súper ciencia y otros que la consideran como inexistente. Aquí no se entrará en el debate que si la Criminología es o no científica, esto ya ha sido tratado, comprobado y escrito por importantes estudiosos, o que como dice MARCO ANTONIO LEIJA:  “escritas por investigadores criminológicos de reconocida solvencia intelectual”, y que tienen peso en sus estudios y en sus soluciones; por citar algunos, tenemos principalmente a uno de los más reconocidos (más no el único) iniciadores de la Criminología en México, el Dr. QUIROZ CUARÓN, al Dr. RODRÍGUEZ MANZANERA, a LÓPEZ REY Y ARROJO, al Dr. MÁRQUEZ PIÑERO, al Dr. ORELLANA WIARCO, al Dr. RAÚL ZAFFARONI, entre muchos otros más, quienes han ocupado varias páginas de sus libros en los que se muestra autonomía científica a la Criminología.


 La Criminología del Desarrollo como ciencia, en base al esquema que proponen MARIO BUNGE y RODRÍGUEZ MANZANERA,  y con la debida revisión, queda de la siguiente manera: 


1. La Criminología del Desarrollo es real; 

2. La Criminología del Desarrollo se extiende de los hechos; 

3. La Criminología del Desarrollo es abierta; 

4. La Criminología del Desarrollo es ordenada; 

5. La investigación criminológica es metódica; 

6. La investigación criminológica es especializada; 

7. La Criminología del Desarrollo es explicativa; 

8. La Criminología del Desarrollo es revisable; 

9. La Criminología del Desarrollo es clara y precisa; 

10. La Criminología del Desarrollo es sistematizada; 

11. La Criminología del Desarrollo es útil; 

12. La Criminología del Desarrollo es comunicable; 

13. La Criminología del Desarrollo es universal; 

14. La Criminología del Desarrollo es reglamentaria; 

y 15. El Criminología del Desarrollo es predictiva. 


A continuación se explica cada una de las características de la Criminología como ciencia: 

1. La Criminología del Desarrollo es real: es real en cuanto que parte de los hechos antisociales y criminales, y siempre vuelve a ellos para descubrir nuevos acontecimientos; 


2. La Criminología del Desarrollo se extiende de los hechos: analiza los hechos, elimina algunos, otros los acepta y los explica. Debe describir los hechos, compararlos y así elaborar teorías. Aquí comprende el porqué de las conductas antisociales; que, aunque no sean consideradas como delitos, igualmente afectan de cierta manera a la sociedad y dichas tendrán que ser descritas para luego intentar resolverlas; 


3. La Criminología del Desarrollo es abierta: no se limita el conocimiento, clasifica, estudia, rechaza, acepta y corrige teorías. A diferencia de otras ciencias que se cierran, la Criminología es de métodos múltiples, todo conocimiento que le aporte algún modelo de solución, lo tomará para alimentarse de tal juicio. Por ejemplo, el Derecho poco acepta el estudio del criminal, lo que importa es castigar por el delito cometido y no se extiende a saber las causas. La Psicología Conductual y el Psicoanálisis están peleados en cuanto a que uno parte de los hechos observables y el otro mira lo inconsciente, lo oculto en el ser humano; por el contrario, la Criminología no se cierra sino que se abre camino y acepta todo lo que le sea útil para entender la integridad de la personalidad antisocial. Además, es el conocimiento criminológico es abierto para quienes quieran acceder a él, contrario a otras disciplinas que no permiten su acceso a otros científicos; por ejemplo, el Psicólogo  cierra la puerta al Criminólogo al momento de éste busca especializarse en Psicología; el Psiquiatra hace lo mismo, el jurista también; por el contrario, la Criminología acepta a cualquiera de éstos; es decir, casi cualquier profesionista que quiera especializarse en el campo de la Criminología es aceptado, asunto que en ocasiones mancha a la Criminología, pues, resulta que un Jurista o un Psicólogo hace Criminología y Criminalística sin saber en realidad lo que hace; y por el contrario, el Criminólogo no puede hacer Psicología y jus, por lo cerradas que son éstas otras disciplinas; 


4. La Criminología del Desarrollo es ordenada: en la investigación criminológica se estudian diferentes problemas e intenta descubrir todos los elementos que lo componen, uno a uno, y a su vez la relación que tienen entre sí para poder formar parte de un problema, pero aunque el conocimiento sea variado y múltiple, al final, las conclusiones deben ser ordenadas; 


5. La investigación criminológica es metódica: los estudios realizados por la Criminología utilizan métodos compuestos por varias técnicas. De esto depende el éxito del estudio, de la variedad, pues cada fenómeno requiere ciertos pasos para su estudio, la criminalidad no puede ser estudiada por medio del método clínico sino que requiere de una técnica estadística y viceversa; 


6. La investigación criminológica es especializada: la Criminología se especializa en el objeto o en el sujeto de estudio, se interesa por describirlo. Crimen, criminal y criminalidad así como víctima son estudiados y descritos, entre más se les estudie, más se alimenta la Criminología, siempre habrá algo nuevo que descubrir; 


7. La Criminología del Desarrollo es explicativa: porque describe, clasifica y explica los hechos en base a leyes previamente establecidas y si no, las crea. Por eso la importancia de la especialización, para que el Criminólogo desarrolle sus propias teorías; 


8. La Criminología del Desarrollo es revisable: se debe comprobar por medio de la observación y la experimentación. De aquí que se utiliza el método científico con su pasos: observar, describir, respuestas tentativas, experimentar y formulación de teorías; 


9. La Criminología del Desarrollo es clara y precisa: los objetos de estudio pueden ser muy variados, pero la explicación es clara y precisa. Esto se obtiene de la siguiente manera: a) Distingue cuáles son los problemas; b) La ciencia parte de nociones, las purifica y las trasforma; y c) La Criminología define sus conceptos. 


10. La Criminología del Desarrollo es sistematizada: los conocimientos criminológicos adquiridos son nuevamente estudiados y ordenados lógicamente. Las nociones acerca de nuestro medio natural y social, o acerca de lo mental, no son finales sino que están en constante movimiento, siempre surgirán nuevas informaciones las cuales se deben registrar con orden; 


11. La Criminología del Desarrollo es útil: la Criminología al igual que cualquier otra ciencia busca la verdad, la Criminología da herramientas para el bien, la aplicación de los conocimientos criminológicos es responsabilidad de los Criminólogos. La Criminología proporciona herramientas para conocer la verdad mental (Criminología) y la verdad material (Criminalística). De este cúmulo de conocimientos, se debe basar el legislador para la creación de leyes y políticas públicas; 


12. La Criminología del Desarrollo es comunicable: la Criminología se da a conocer, los conocimientos criminológicos no son privados sino que están al alcance de todos. Lo que hace posible su publicación es la claridad y precisión con que los problemas criminológicos se describen; 


13. La Criminología del Desarrollo es universal: porque coloca los hechos en modelos generales o reglas criminológicas. A todo este cuerpo de nociones se les llamará como la “Ciencia de la Criminología”; 


14. La Criminología del Desarrollo es reglamentaria: se refiere a que todo hecho es clasificado en base a reglas científicas; y 


15. La Criminología del Desarrollo es predictiva: porque puede decir cómo pudieron haber sido los hechos en el pasado conociendo su desarrollo y también puede adelantarse a ellos; es decir, describirlos a futuro para lograr la prevención. Al conocer la conducta pasada se podrá predecir el comportamiento futuro, esto no implica que los resultados siempre serán exactos ya que puede variar de tiempo en tiempo o en situación, hay que tener en cuenta la variedad y la dinámica de los hechos. 





TIPOS DE DESARROLLO 


Para introducirnos un poco en lo que serán estudios posteriores, hay que conocer la generalidad de dichos estudios sobre el desarrollo, ya entendido lo qué es la Criminología del Desarrollo y de conocer algunos precursores de ésta, se puede tener ahora más claro cuál será le enfoque de este libro. Para lo anterior, es necesario también conocer los tipos de desarrollo que se van a estudiar más adelante. Nuevamente HERNÁNDEZ, NIÑO, RUBIO y SÁENZ nos señalan aspectos importantes y apuntan que: “son varias las áreas del desarrollo humano que se estudian para construir una imagen más integral de la persona y esto es fundamental, puesto que nos da la gran diversidad de los elementos que inciden en el desarrollo del individuo y cómo afectan sus posibilidades de aprendizaje y desarrollo . La mayoría de los autores coinciden en que existen cuatro aspectos en el estudio del desarrollo humano: 


1. El desarrollo físico. Se refiere a los cambios en el cuerpo y en las destrezas motoras y ejercen una influencia importante la personalidad; 


2. El desarrollo intelectual o cognitivo. Estudia la transición de los procesos mentales que van de la inteligencia reducida en los primeros años de vida, a la inteligencia más compleja, abstracta y lógica que el sujeto adquiere en la medida que crece y se relaciona; 


3. El desarrollo personal o emocional. Se refiere al desarrollo de la personalidad individual a lo largo de su proceso evolutivo; y 


4. El desarrollo social. Se refiere a las interacciones entre los individuos, y su comportamiento colectivo a determinada edad”. 


En el desarrollo total de una persona, estos tipos de desarrollo interactúan y dan diversos resultados positivos y negativos. Cuando el desarrollo es negativo, los individuos quedan fijados en algún momento del desarrollo. Para entender mejor la interacción de éstos, en el siguiente tema se muestra de manera general el desarrollo de las personas. 





 EL DESARROLLO EN GENERAL 


Es necesario tener una noción básica de las metas que se buscan en cada etapa del desarrollo junto con sus dificultades, para determinar los problemas que se presentarán después. Los temas siguientes son una introducción de lo que afecta el comportamiento humano. A continuación se muestran algunos patrones comunes del desarrollo que señala la Dra. DENNIS COON realizados por el psiquiatra interesado en la personalidad adulta ROGER GOULD, pero adaptadas a nuestra cultura, en los cuales es sencillo de comprender y profundizar si usamos la observación y la introspección; es decir, analizar nuestras vidas y las de otros en esas edades. No se incluye la infancia, sólo de la adolescencia en adelante, pero este tema será ampliado en los capítulos siguientes:


 • Entre las edades de 16 y 18 años, se da el escape al dominio de los padres y otras autoridades. Los esfuerzos para lograrlo causan una ansiedad considerable acerca del futuro y conflictos relacionados con la continuación de la dependencia de los padres; 


• Entre las edades de los 18 y los 22 años, se da un distanciamiento o separación de la familia. La mayoría de las personas nos alejamos de la casa a esa edad por la construcción de nuevos grupos como amistades, noviazgo, escuela, trabajo, etc.; 


• Entre las edades de 22 y 28 años, se da la formación de una vida independiente de la familia y se crea una vida propia. Es por cultura que las personas se separen de sus familias de origen y hacer una familia nueva. Las parejas casadas que pertenecen a este grupo de edad tienden a asignar un valor a la unión; 


• Entre las edades de 29 y 34 años, se da la búsqueda de ciertos objetivos. La persona busca activamente un estilo de vida que dé significado a la segunda mitad de la vida. Los matrimonios son particularmente vulnerables durante esta época de insatisfacción. Las relaciones fuera del matrimonio y los divorcios son síntomas comunes; 


• Entre las edades de 35 y 43 años se da alguna crisis de vida. Se intensifican los intentos por tener éxito en una carrera o por lograr los objetivos en la vida. El interés en las generaciones futuras, en la forma de crianza, enseñanza o servicio a los demás, ayuda a aliviar muchas de las ansiedades de esta etapa. Es común ver que los adultos trabajan para sus hijos; 


• Entre las edades de 43 y 50 años se da la obtención de la estabilidad cuando se está cerca de cumplir 50 años. El sentimiento predominante es que la vida está establecida y que se puede vivir con las decisiones anteriores (en algunos casos, habrá quienes continúen desubicados respecto qué hacer de sus vidas); y 


• Por último, de los 50 en adelante ocurre una maduración considerable. El significado es compartir las alegrías y las penas diarias. Hay menos preocupación por el encanto, la riqueza, el logro y las metas abstractas. Muchas de las tensiones de las edades anteriores dan paso a un deseo de saborear la vida y sus pequeños placeres. Cabe aclarar que el estudio anterior no es forzoso que siga un orden exacto, pero si se da un acercamiento a la realidad general, recordemos que la Criminología del Desarrollo al igual que la Psicología y otras ciencias, no son exactas sino probabilidad. 





FACTORES QUE INFLUYEN EN NUESTRO DESARROLLO


 El recién nacido es empujado a la actividad por sus necesidades corporales: necesidades de aire, alimentación, eliminación, temperatura cómoda y sobre todo, sueño. Todas estas necesidades son raíces de lo que los Psicólogos denominan motivación. Pero los motivos se hacen más complejos a medida que el individuo crece, y los Criminólogos desarrollistas estudian cómo se adquieren, lo fuertes que son y la forma en que las personas se alejan de ellos. 


Algunos individuos se adaptan a sus modelos culturales, pero otros se rebelan: algunos individuos se conforman con hábitos de trabajo y tienen altos fines que alcanzar, mientras que otros son más conformistas; algunos son competidores y agresivos, otros autodestructivos. Podemos comprender gran parte de la conducta humana mediante el conocimiento del curso de su desarrollo. Dos principios se ponen de manifiesto al estudiar el desarrollo humano; uno es el crecimiento del cuerpo y del sistema nervioso que siguen ciertos modelos de raíces biológicas, lo cual se refleja en el concepto de maduración del organismo según unas características dadas (heredadas). El otro es que el organismo maduro es también producto del aprendizaje. En el ser humano, este aprendizaje es en parte producto de la vida social, así como de su cultura; de aquí que, al estudiar el desarrollo humano, estamos interesados en el proceso de socialización, esto es, en las formas en que el niño sobreviene en persona urbana. 





 HERENCIA, MEDIO Y APRENDIZAJE 


Un tema básico en el desarrollo y en el estudio de los factores causales de la criminalidad son la herencia, el medio y el aprendizaje. Determinar la influencia de uno u otro en la conducta de los seres humanos son preguntas constantes: cómo poder distinguir entre las causas ambientales del comportamiento; es decir, la influencia de padres, hermanos, familia, amigos, educación, alimentación y el resto de las experiencias a las que se expone un sujeto, y las causas hereditarias basadas en el conjunto genético de un individuo y que influyen en el crecimiento durante la vida. 


Así mismo, el aprendizaje por observación. ROBERT FELDMAN define adecuadamente para nuestro interés criminológico los conceptos de ambiente y herencia, así señala que ambiente es: “la influencia sobre el comportamiento que se da en el mundo que nos rodea, familia, amigos, escuela, alimentación y muchos factores más”. Por otra parte, herencia es: “influencias en el comportamiento transmitidas genéticamente de padres a hijos”.


 Aun cuando mucho se discute sobre el predominio de uno sobre el otro, la Criminología está de acuerdo en que ambos, tanto la herencia como el medio, interactúan para producir patrones específicos de desarrollo. No puede haber alguien que crezca sin haber sido influido por el ambiente, como tampoco se desarrolla sin haber sido influido por su herencia genética. A pesar de ello, el debate sobre la influencia relativa de los dos factores continúa, con enfoques diferentes y teorías del desarrollo que hacen hincapié en el ambiente o en la herencia en mayor o menor grado.

 Respecto al aprendizaje, éste es un proceso mediante el cual nuestras experiencias producen cambios relativamente permanentes en nuestros sentimientos, pensamientos y comportamientos. 


La mayor parte de nuestras capacidades y habilidades no se desarrollan simplemente como parte del gran plan de la naturaleza; a menudo aprendemos a sentir, pensar y comportarnos en formas nuevas a partir de nuestras observaciones e interacciones con padres y otras personas importantes en nuestras vidas, así como acontecimientos que experimentamos. El pensamiento y la resolución de problemas utilizan de lo que hemos aprendido y; por lo tanto, proporcionan las ocasiones para un nuevo aprendizaje.


 Las relaciones entre el aprendizaje y el pensamiento, plantean gran número de problemas a la investigación criminológica. Dentro de estos estudios viene la ley de la imitación; por ejemplo, GABRIEL TARDE quien dice que toda conducta es resultado de la imitación, y de la asociación diferencial de SUTHERLAND quien opina que ésta consiste en asociarse a determinados grupos que van de manera distinta a la generalidad aparentemente normal, entre otros. Esto se relaciona con el aprendizaje que se forma de otras personas o grupos de personas. 

Muchos aspectos de la Criminología Conductista (que se mostrará más adelante) se relacionan con las teorías de aprendizaje debido a que éste es fundamental para el desarrollo; en contraste, otros enfoques recalcan la influencia de las características psicológicas de la persona y su funcionamiento sobre el desarrollo. Estas teorías destacan el papel de la herencia y la maduración como responsables del cambio relativo al desarrollo. En resumen, la Criminología asume una posición interaccionista en el debate herencia-medioaprendizaje, sugiriendo que una combinación de predisposición genética y de influencias ambientales es lo que produce el desarrollo. 





 EL OLVIDO DE LA PSICOLOGÍA POR EL CRIMINAL Y EL PORQUÉ DE UNA CRIMINOLOGÍA DEL DESARROLLO 


Después de ver todos estos elementos de la Criminología del Desarrollo, viene a la ocasión justificar el porqué de esta Criminología, se ha dejado entre ver que esta obra ha sido en gran parte basada en la Psicología y sus diversas ramas, y en los próximos capítulos se verán nombres que son muy familiares para los Psicólogos más no para los Criminólogos. Para KAGAN y HAVEMANN36 la Psicología “es la ciencia que estudia y trata de explicar la conducta observable y su relación con los procesos mentales que no se pueden ver y que suceden dentro del organismo, así como los eventos externos en el ambiente”.


 A la rama de la Psicología General que se ocupa del criminal se le denomina como Psicología Criminológica, ésta es llamada también como Psicología Forense y “estudia las conductas individuales o colectivas de los sujetos antisociales, busca las causas que han influido para que se lleve a cabo un acto antisocial tipificado en la ley penal o no, además estudia la personalidad antisocial en sus componentes y su relación con otros trastornos mentales”. Lo anterior es lo que los Psicólogos especializados en el área criminal nos han ofrecido; sin embargo, el concepto anterior se extiende de sus verdaderos alcances, pues señala el español MIGUEL ÁNGEL SORIA VERDE que: “la relación de la Criminología con la Psicología ha sido muy criticada, se ha tildado incluso de irrelevante y marginal en sus conclusiones relativas a la puesta en marcha de Políticas Sociales; es más, la Psicología Clínica ha sido criticada por su colaboración con el sistema legal y su ausencia de análisis del proceso global en que se halla sumergido el autor de un delito. 


Otra de las grandes críticas formuladas a la Psicología ha sido su aproximación de laboratorio al estudio de la criminalidad; y en consecuencia; su relativo desprecio por los aspectos ambientales del medio abierto, difícilmente reproducibles en una situación experimental”. Por dicho motivo, la Criminología debe abrirse campo a las áreas que la Psicología ha olvidado y que el Derecho Penal NO SABE ni siquiera entender, por esto el porqué de una Criminología especializada, una Criminología del Desarrollo; además, respecto a la crítica de la falta de Políticas Públicas por parte de la Psicología y del Derecho Penal, la Criminología es la apta para desarrollarlas; para ello, en esta obra se han incluido al final de cada capítulo, elementos de Política Criminológica en base a cada autor. 


A pesar de lo anterior, el criminólogo colombiano ALFONSO REYES ECHANDÍA38 opina que: “si bien no puede compartirse la afirmación de que el delito se explica suficientemente dentro del mundo de la psique, tampoco es posible desconocer que estas disciplinas han enriquecido el conocimiento de la conducta humana desde el punto de vista psicológico, aspecto que no es lógico desechar cuando se pretende llegar a una explicación integral de la criminalidad”.


martes, 13 de septiembre de 2016

La Responsabilidad de los Peritos y sus Riesgos Laborales


La Responsabilidad de los Peritos y sus Riesgos Laborales,
Por Rubén Guerrero Abundis

Publicado en 12 septiembre, 2016 por Criminociencia en Columnas Criminológicas, Conocimiento Criminológico,Criminalísica // 0 Comentarios






Decidí escribir este artículo con la finalidad de difundirlo y con ello hacer reflexionar al público en general sobre algunas de las responsabilidades que tiene un Perito hoy en día.
La actividad laboral del Perito en este Nuevo Sistema de Justicia Penal en México ha sido cada vez más notable de responsabilidades como también de fuertes riesgos:


¿Qué es un Perito?


El Perito es una persona que cuenta con conocimientos bastos en determinada ciencia, disciplina, arte u oficio, en pocas palabras es un experto en determinada área. No cualquiera puede ser un Perito, un Perito debe conocer, saber interpretar, saber enseñar y saber dar conclusiones fidedignas acerca de su dedicación; es aquella persona que es llamada para rendir un dictamen o un informe dando opiniones técnico-científicas acerca de algún indicio o indicios, de algún cadáver o cadáveres o de una persona o personas.


Los Peritos Mexicanos (Servidores Públicos) en el Nuevo Sistema de Justicia Penal tienen las siguientes responsabilidades que les pueden acarrear riesgos: 

Procesar correctamente el Lugar de Intervención o algún indicio: si no lo hace correctamente puede acarrearle problemas totalmente legales, todo esto por la falta de herramienta u instrumentos para procesar, así como de material de protección del Perito. 

Realizar correctamente la cadena de custodia de algún indicio: si no es realizado de esa manera, lo llevaría a problemas legales. 

Ser custodiado por personal policiaco en la calle: si no se hace pondría en riesgo al Perito, puesto que en diferentes ciudades los delincuentes atentan contra el personal de Servicios Periciales tratando de destruir toda probable evidencia o de recuperar algún cadáver o pertenencias. 

Verificar que el primer respondiente haya acordonado correctamente el Lugar de Intervención: puesto que si no lo ha hecho correctamente podría provocar la entrada de personas ajenas al lugar, o el atropellamiento de personal pericial (en carriles de circulación vehicular). 

Portar chaleco antibalas: al menos portar chaleco antibalas en Lugares de Intervención donde muy probablemente pueda haber delincuentes cerca a la zona, es muy importante, puesto que puede el Perito ser víctima de un disparo de arma de fuego. 

Documentar cuando alguien ya maculo indicios o si alguien se encuentra dentro del Lugar de Intervención antes de entrar: si esto no es realizado puede perjudicar a futuro a él o los peritos que intervinieron. 

Entrar a un Lugar de intervención con un oficio que te respalde: si el Perito no cuenta con un oficio firmado por el Policía Investigador o el Ministerio Público y entra al Lugar el perjudicado es él (legalmente), no el Policía Investigador ni el Ministerio Público. 

Llevar a cabo bien la búsqueda y recolección de indicios: si es omitido algún indicio, vestigio o seña y en el futuro se vuelve a investigar el lugar y se encuentra ese indicio, vestigio o seña, el perjudicado legalmente será el Perito. 

Realizar fijación escrita y croquis: si no se llevan a cabo estas dos, en el futuro al ser solicitado un informe o dictamen de mecánica de hechos o reconstrucción de hechos será muy difícil la recreación, siendo que si hay alguna contradicción u omisión el Perito será puesto en riesgo legalmente. 

Llevar protección o custodia policiaca al Lugar de Intervención o en viceversa: si el Perito no es protegido por personal policiaco tiene el riesgo de sufrir hasta la muerte (agresión de delincuentes en el camino). Así mismo cabe mencionar que la policía tiene toda la responsabilidad de custodiarlo a él, los indicios y el cadáver. 
Tener seguridad en la institución donde trabajan los Peritos: es de vital importancia que haya seguridad institucional, puesto que puede existir agresión por la delincuencia y robo de indicios de los departamentos forenses. 
En el caso de los Peritos Médicos, estos deben tener la mayor protección al realizar necropsias: puesto que tienen el riesgo de sufrir enfermedades mortales al ser infectados por algún virus o bacterias. 
En el caso de los Peritos Psicólogos deben tratar a las victimas mayores y menores de edad conforme a los derechos humanos: si no llegaré a hacerse de cierta forma, pondrían en riesgo su trabajo legalmente. 
El Perito debe tener suficiente actualización mediante capacitaciones y especializaciones:esto es importante porque al acudir a un Juicio Oral podría ser exhibido como un Perito ambiguo y más aun podrían desacreditar su diligencia. 


Todos los Peritos tienen derecho a rehusarse (no aceptar llevar a cabo) a cualquier diligencia si lo que dicta la solicitud por medio de oficio firmado esta incorrecta, así mismo si no cuenta con un oficio firmado, o bien, si no tiene: herramientas, material de protección, custodia policiaca, chaleco antibalas, capacitaciones, etcétera.


Los invito a comentar sobre otras responsabilidades y sus riesgos, porque de que hay más las hay.









lunes, 12 de septiembre de 2016

CRIMINOLOGÍA DEL DESARROLLO (CAPITULO II.1)

MÉTODOS Y TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN EN EL DESARROLLO. (CAPITULO II.1)

INTRODUCCIÓN 


En este capítulo se hace un estudio sobre las ciencias del desarrollo y de la conducta, para después juntar ambos conceptos y formar lo que es: la Criminología del Desarrollo. Como en todo inicio de una ciencia, es necesario apoyarse en otros autores que hayan elaborado estudios afines a ella; además, es importante hacer su comprobación como ciencia sistematizada, pues el objetivo de esta obra es como se señaló en el subtítulo: sistematizar el conocimiento criminológico, y también se explicó que el punto no es crear una “dogmática criminológica” sino el conocimiento ordenado y comprobable. Luego se muestran los tipos de desarrollo y las etapas del desarrollo en general, también se incluye de manera breve algunos factores que intervienen en nuestro comportamiento; y por último, se explica la relación entre herencia, medio y aprendizaje como moldeadores de nuestra conducta.





LAS CIENCIAS DEL DESARROLLO Y LAS CIENCIAS DE LA CONDUCTA


 Dentro del origen de las ciencias del desarrollo podemos encontrar a CHARLES ROBERT DARWIN, quien observó el comportamiento de niños durante su desarrollo y estableció que éstos sin educación compartirían características similares con seres primitivos; así determinó que el estudio de los bebés servía en gran parte para conocer nuestro pasado evolutivo. Dichos estudios fueron los precursores de la Antropología Criminal y de la Criminología. Pero fue el psicólogo STANLEY HALL (1846 – 1924) quien sistematizó el conocimiento referente a lo que hay en la mente de los bebés, desarrolló una serie de preguntas (cuestionario) que aplicó a los niños y adolescentes, y descubrió que el pensamiento de éstos es menos lógico que el de un adulto; por lo anterior, constituyó lo que serían “etapas del desarrollo”, siendo la adolescencia una de las más importantes. Por estos hechos, se considera a STANLEY HALL como “el Padre de la Psicología del Desarrollo” y “el creador del cuestionario” y cabe además incluirlo como precursor de la Criminología del Desarrollo también. 


Por aquella época había un joven neurólogo que también estudiaba el desarrollo, pero con otro método mediante el cual obtuvo información muy valiosa sobre el contenido mental de los niños, aquel joven era SIGMUND FREUD, cuyos estudios e ideas, después constituyeron lo que hoy es la teoría psicoanalítica. Para nuestro interés, estos estudios han tenido fuerte dominio sobre la Criminología, pues influyeron a CÉSAR LOMBROSO y a FREUD para realizar sus teorías que desembocan grandes aportes criminológicos y que hoy dan lugar a la creación de la: CRIMINOLOGÍA DEL DESARROLLO. Después de lo anterior, ahora hay que saber el concepto de ciencias del desarrollo, JOSÉ BUENDÍA16 observa que éstas “se han centrado en la descripción, la explicación y las modificaciones de los cambios vinculados a la edad en el individuo desde el nacimiento hasta la muerte”. 


Así mismo apunta que: “las ciencias del desarrollo se habían limitado sólo a la Psicología, pero ahora han abierto desde hace mucho tiempo el campo a la Antropología, la Biología, la Historia o la Sociología” y cabe agregar que también desde hace tiempo se abrió el campo a la Criminología. “Los estudios de las ciencias del desarrollo se han centrado en el crecimiento físico, el desarrollo social, el desarrollo de la personalidad ligado a una edad como la infancia o la adolescencia, entre otros.


 Estos estudios han tenido un especial apogeo en las etapas del desarrollo del niño y el adolescente”,17 pues sobre estas edades se han concentrado la mayor parte de las publicaciones (más aisladamente los estudios sobre el desarrollo en la adultez y en la ancianidad). Muy rápidamente los estudios se multiplicaron con una clasificación de las edades cada vez más definidas. Por otra parte, de manera muy acertada para nuestra óptica criminológica, HERNÁNDEZ, NIÑO, RUBIO y SÁENZ18 definen el desarrollo de la siguiente manera: “el desarrollo se refiere a los cambios ocurridos en los seres humanos durante toda su vida.


 Estos cambios siguen una frecuencia predecible y son el resultado de los  procesos de maduración biológica y de la interacción del niño con su medio ambiente”. Cabe observar que el concepto hace referencia a la niñez, pero éste se puede extender a todas las etapas de un ser humano. Por lo anterior, es importante destacar dos grandes ramas de estudio dentro del desarrollo en general y en específico en el desarrollo criminógeno o patológico; a saber:


 1. El estudio de la parte que corresponde al individuo en su interior; y


2. El desarrollo en el contexto social. 




Por otra parte, las ciencias de la conducta se definen como: “un conjunto de disciplinas que se ocupan principalmente de la comprensión, predicción y control de la conducta humana, y en especial de los tipos de conducta que se desarrollan en las relaciones interpersonales. Las disciplinas que forman parte de las ciencias de la conducta son: la, Antropología, Pedagogía, Psiquiatría, Psicología y Sociología. Los científicos que trabajan de forma sistemática y experimental en estas áreas centran su atención en la conducta humana en la medida en que influye y es influida por el comportamiento de otras personas. Las ciencias de la conducta se aplican para diagnosticar y predecir la conducta humana”.





CRIMINOLOGÍA DEL DESARROLLO 


Después de entender a qué se refiere el desarrollo y la conducta; ahora se da paso a relacionar los dos conceptos anteriores con la Criminología para dar como resultado lo que se llama: Criminología del Desarrollo. Escribir y hablar de Criminología del Desarrollo puede inquietar a los lectores, este concepto se presta a confusiones, pero para salir de dudas basta desmenuzar los conceptos por separado; es decir, saber qué es Criminología, la conducta y el desarrollo, y al entender éstos se podrá encontrar la relación estrecha que guarda la Criminología con el desarrollo; de hecho, en los planes de estudio de diversas Licenciaturas en Criminología, se incluye una materia de Psicología del Desarrollo o Evolutiva comúnmente llamada Psicología Criminal o Criminológica I; en la que, se estudia el desarrollo de los individuos y las fallas que ha tenido en éste y que lo condujeron a la antisocialidad. 


Así pues, la Criminología es la encargada de estudiar este desarrollo y sacar sus propias conclusiones. Aun y que se encuentre la relación, puede que haya personas en desacuerdo con el concepto, pero hay que analizar otras ciencias; por ejemplo, Antropología, significa “estudio del hombre”, y su significado etimológico no incluye a la mujer; la Psicología significa “estudio del alma” y ésta es algo que nunca hemos podido ver; Psiquiatría, sería lo mismo, pero de manera médica; es decir, “médico sanador de almas” o de mentes (cómo curar algo que jamás se ha visto); Derecho significa “lo que es recto, lo que no se va ni a un lado ni a otro, es recto”. Vemos que el nombre de las ciencias anteriores no es del todo correcto, pero son fuertes y aportan grandes conocimientos, entonces para no entrar en complicaciones de significados, dejaré a lo que corresponde mi estudio con el nombre de “Criminología del Desarrollo”, y dejaremos así a la Criminología como la ciencia que en la actualidad estudia las conductas normales para evitar que se conviertan en antisociales y las ya antisociales, pues estudiarlas y controlarlas, aunque tal vez en ese caso me refiero a: ¿Antisociología?, siendo ésta “el estudio científico de las conductas antisociales”. Pero para no confundir al lector se continuará haciendo referencia a Criminología, y en este caso a Criminología del Desarrollo. 


En las siguientes líneas y capítulos se hará mención a Criminólogos desarrollistas, conductuales, de la personalidad, entre otros, y de igual manera podrá inquietar a los lectores y más si son ajenos a la Criminología, pero a continuación se explica el porqué: cuando se lee acerca de PLATÓN (cuyo nombre verdadero era ARISTOCLES, “Platón” es el apodo de “el de espaldas anchas”), SÓCRATES, ARISTÓTELES, entre otros, vemos que a continuación de sus nombres vienen sus oficios; por ejemplo, SÓCRATES y se le atribuye el título (por decir algunos) de Jurista, Matemático, Médico, Astrónomo, etc., y no sólo en los viejos filósofos sino también en los actuales; por decir, se habla de TALCOTT PARSON y EMILIO DURKHEIM, y se les pone enseguida, Sociólogo, Criminólogo, Jurista, etc. 


Si se les denomina así, no es porque hayan estudiado toda su vida diferentes Licenciaturas, en los tiempos de SÓCRATES y demás... no existían las carreras universitarias; sin embargo, se les atribuye diversas profesiones, y no porque las hayan estudiado sino porque hicieron aportaciones a diferentes disciplinas, y es por eso que se les considera como tales; en un ejemplo más familiar, se puede hacer referencia a ENRICO FERRI, que es considerado como Legislador (pues fue Diputado),  


Antropólogo (estudio Antropología para entender la crítica de LOMBROSO), Sociólogo (de profesión) y Criminólogo (aportaciones a la Criminología), a todos ellos se les denomina así por el valor científico y práctico que tienen en la sociedad. Es sabido que desde hace tiempo se otorgan grados académicos a las personas que llevan a la práctica determinada disciplina; por ejemplo, se les Doctora por causa de honor. Explicado lo anterior, ahora se continúa con lo que respecta al tema. 


La Criminología del Desarrollo “estudia la evolución de los seres humanos desde el nacimiento hasta la ancianidad. Por tratarse de Criminología, ésta estudiará además los problemas que se presentan en cada etapa del desarrollo para poder determinar qué dificultades fueron las que influyeron en el sujeto como factores criminógenos para que su conducta se tornara antisocial, y del conocimiento de éstos, realizar la prevención”.20 Sí la Criminología del Desarrollo se refiere a los cambios que suceden en el individuo, entonces se estudian dos conceptos: el desarrollo y la continuidad del desarrollo. 


El desarrollo ya se explicó qué es, y la continuidad del desarrollo es la forma en la que permanecemos estables y nos impulsamos a la evolución o continuamos expresando nuestros problemas del pasado a través del tiempo. El Criminólogo desarrollista ha de estudiar qué conductas tiene una persona adulta para saber en qué momento de su desarrollo algo estuvo mal y no le permitió continuar de manera adecuada. El crecimiento se explica por medio de etapas del desarrollo, cada una de las cuales es una fase distinta de la vida caracterizada por un conjunto particular de capacidades, emociones, motivos o conductas que forman un patrón de comportamiento Una teoría del desarrollo debe reflejar el intento de relacionar los cambios en el comportamiento con la edad cronológica del sujeto; es decir, las distintas características conductuales deben estar relacionadas con las etapas específicas del crecimiento. 


Es común observar personas que tienen 30 años y continúan mostrando conductas de adolescentes; por ejemplo, tener esa edad y vestir rockero, incluso combinar la ropa formal con la informal. Otro ejemplo son las personas que se les llama “inmaduras” que tienen mayor edad y que su comportamiento, sentir y pensar no es proporcional a ésta. En cada etapa del desarrollo, habrá tareas que deben cumplirse para obtener una evolución óptima; de lo contrario, el sujeto mostrará problemas que iniciaran en su niñez para después irse agravando; por ejemplo; hay algunos niños que desde muy pequeños muestran una conducta rebelde, incontrolable. Es común que peleen, roben, mientan y son un problema de disciplina en la casa y en la escuela. El problema anterior se trata de niños egoístas, exigentes y desconfiados, cuya irritabilidad es fácilmente estimulada por frustraciones pequeñas. Por ello tienen dificultades para relacionarse con otros niños, ya que siempre intentan ejercer dominio sobre los demás de manera excesiva. Estas conductas inadaptadas son difíciles de corregir por medio del castigo y muchas veces, este castigo empeora la conducta. 


Por parte de las personas que son víctimas (padres, hermanos, otros familiares, educadores, etc.) de las conductas inequívocas de los niños, crean un rechazo hacía ellos y que cuando el niño se da cuenta de ello, crea resentimientos que estimulan la comisión de más actos antisociales. Después del concepto y ejemplo anterior se puede predecir sin duda que la Criminología del Desarrollo tiene mucho futuro para las investigaciones criminológicas. Pero para que esta Criminología avance, es necesaria la existencia de Criminólogos desarrollistas, estos son: “los que estudian el desarrollo, intentan explicar el porqué ocurren ciertas conductas a través de la observación de factores endógenos y exógenos que influyen en el crecimiento de las personas”.





LOS CRIMINÓLOGOS DESARROLLISTAS


 Para darle fortaleza a esta investigación, cabe apoyarse en tratadistas en el tema. Si consultamos textos de Criminología podemos observar que esta Criminología tiene muchas fuentes históricas; es decir, ya ha habido quienes estudien y sugieren el tema del desarrollo dirigido a la criminalidad; por ejemplo, existen Criminólogos desarrollistas como: LOMBROSO, DI TULLIO, DE GREEFF, PINATEL, FREUD, los SARASON, 21 DICAPRIO, BARATTA, QUIROZ CUARÓN, MÁRQUEZ PIÑERO, SOLÍS QUIROGA, RODRÍGUEZ MANZANERA, ORELLANA WIARCO, FRANCISCO MARTÍNEZ BACA, MANUEL VERGARA (en el Departamento de Antropología  de la Penitenciaria de Puebla), INGENIEROS, MARCHIORI, ZAFFARONI, entre muchos otros que faltan, quienes sugieren en diversos párrafos de sus textos que debe estudiarse de manera profunda por medio de la Psicología Clínica y Criminología Clínica, el desarrollo; es decir, mirar atrás a sus antecedentes previos a cometer su conducta antisocial, cada uno de éstos, en mayor o menor medida señalan esos estudios como BÁSICOS en la etiología del crimen. Los que hayan leído y llevado a la práctica la Psicología Clínica y/o la Criminología Clínica, sabrán que es indispensable hacer un estudio profundo del individuo para conocer del porqué del crimen, y esto es algo en lo que se hace hincapié constantemente. A continuación se muestran algunos de estos Criminólogos desarrollistas:





EZEQUÍAS MARCO CÉSAR LOMBROSO LEVI CÉSAR LOMBROSO,


 Médico italiano, es considerado como el iniciador de los estudios sistemáticos criminológicos clínicos. Estudió y observó a numerosos delincuentes en las prisiones. Intentó investigar las diferencias entre el enfermo mental y el criminal. Creyó encontrar las respuestas analizando los cráneos de delincuentes, observando anomalías y deformaciones. LOMBROSO señala que la criminalidad es un tipo de agresión excepcional, es anormal y patológico, considera que el delito es el resultado de la interacción entre los factores criminógenos internos y externos; para él, el delincuente es un ser insensible, de personalidad psicopática.
Es importante hacer la observación y clasificación clínica sobre los delincuentes para revelar su personalidad y hacer un diagnóstico criminológico, así mismo llevar a cabo un tratamiento, junto con LOMBROSO, sus discípulos, FERRI y GARÓFALO, señalan también la importancia de estudiar las causas del delito; es decir, el desarrollo del individuo y la interacción de diversos fenómenos a lo largo de su vida.  





BENIGNO DI TULLIO


 Para BENIGNO DI TULLIO, la Criminología Clínica es la ciencia de las conductas antisociales y criminales basada en la observación y el análisis profundo de casos individuales, sean estos normales, anormales o patológicos. Al referirse al análisis profundo, implica el conocimiento de las causas en casi su totalidad; lo que implica estudiar un desarrollo. Su alumno de Doctorado en Derecho Penal, LUIS RODRÍGUEZ MANZANERA (máximo representante de la Criminología en México) concluyó que gracias a éste autor, la Criminología se convirtió en una corriente que reunió las teorías biológica y psicológica, dando una explicación integral del caso concreto, al considerar al ser humano como unidad biopsicosocial. Todos los individuos, en circunstancias especiales, pueden llegar a un estado de alteración, pues somos individuos que tenemos una particular tendencia al desarrollo y a diversos procesos de desintegración de la personalidad, con las consiguientes perturbaciones graves en su conducta.
Hay que realizar el estudio del delincuente en su personalidad total; es decir, que no se puede estudiar aisladamente los factores psicológicos, biológicos o sociológicos sino en su totalidad. Para DI TULLIO, el tratamiento debe estar basado en el conocimiento de la personalidad del delincuente, reconoce que el modificar la personalidad antisocial es difícil, pero conforme el progreso de las ciencias esto se logrará. Tomar en cuenta un tratamiento médico, psicológico, pedagógico y sociológico, implican tener un conocimiento profundo del sujeto. 





JOSÉ INGENIEROS 

En Latinoamérica los trabajos de JOSÉ INGENIEROS a través de la Psicología Clínica y la Criminología Clínica, fueron desarrollados en el Instituto de Criminología de la Penitenciaria Nacional de Argentina.


INGENIEROS señala: “todo acto delictuoso es la resultante de causas” y puntualiza la labor criminológica en tres áreas: 1. Etiología del crimen. Es el estudio de las causas del delito; 2. Clínica Criminológica. Las diversas formas en que se manifiestan los actos delictivos, es el estudio de la personalidad del delincuente; y 3. Terapéutica Criminal. Estudia las medidas sociales e individuales en el tratamiento del delincuente. Su labor criminológica se desarrolla en Argentina donde se desempeña como Jefe del Gabinete de Psicología Clínica Experimental y analiza a cada uno de los internos elaborando informes denominados Boletín médico-psicológico, integrado por un estudio de la personalidad, examen somático y social. 

INGENIEROS analiza las causas de la criminalidad y el valor de los factores que determinan los delitos, particularmente, el estudio psicopatológico. Además agrupa las medidas de tratamiento: a) medios preventivos, destinados a evitar las causas que pueden determinar la exteriorización de las tendencias delictivas; y b) los medios represivos, donde sugiere penas variables en cada caso, según las condiciones del delincuente, como edad, sexo, profesión, costumbres, etc. A la tradición de INGENIEROS le continúa OSVALDO LOUDET, Psiquiatra fundador de la “Sociedad Argentina de Criminología”, considera al delincuente como un enfermo; por ello, el estudio clínico debe hacerse mediante métodos antropológicos y clínicos, para establecer en cada caso los factores endógenos y exógenos, utiliza además el método de la historia clínica médica y psiquiátrica para evaluar el grado de peligrosidad del delincuente a través del estudio de la personalidad.





ETIENNE DE GREEFF ETIENNE DE GREEFF 


es considerado como “el Padre de la Psicología Criminal”, tienen el gran mérito de haber aplicado la experiencia psiquiátrica y criminológica a la comprensión mental del criminal, integrando conceptos biológicos, sociológicos y patológicos. Considera esencial el estudio de la personalidad que conduce al conocimiento de la diversidad de factores y la interacción entre éstos para el resultado criminal, ya que la conducta es la consecuencia de las condiciones biológicas, sociales y psicológicas a las que el sujeto es sometido. Hay que tratar de comprender al ser humano en la totalidad de su persona. Señala qua hay que conocer al delincuente de acuerdo a su pasado en relación con el medio actual. Para DE GREEFF los siguientes rasgos son esenciales en el diagnóstico criminológico: la agresividad, el egocentrismo y la indiferencia afectiva.
    




 HESNARD HESNARD


 explica que la investigación criminológica implica buscar a profundidad la personalidad del criminal. Se refiere a un estudio minucioso de la personalidad antisocial, en relación con su medio que lo circunda. Para él, el conocimiento humano no debe limitarse sólo a encasillar su conducta delictuosa sino que debe hacerse un análisis psicológico. Igualmente advierte que se deben considerar varios aspectos en el estudio de la personalidad antisocial: la insensibilidad absoluta al respeto a la vida ajena, un egocentrismo de omnipotencia y de poder incontrolable y sadismo de dominación. También dice que el delincuente minimiza a su víctima y la ve como un ser débil y pobre





JEAN PINATEL 


Para JEAN PINATEL, la etiología de la criminalidad es un conocimiento total para poder realizar el tratamiento y tomar las medidas preventivas de la delincuencia, esta etiología se considera a través del estudio, examen y tratamiento de la personalidad del delincuente, ésta es para PINATEL, un concepto operacional, un instrumento clínico, que permite conocer el grado de peligrosidad y evaluar los efectos del tratamiento. La personalidad es inseparable no solamente del organismo sino de la sociedad, por ello la importancia del estudio de ésta para la Criminología. Los componentes de la personalidad criminal están integrados según PINATEL por: el egocentrismo, la labilidad, la agresividad y la indiferencia afectiva. 




ALFONSO QUIROZ CUARÓN 


Para QUIROZ CUARÓN (expresidente fundador de la “Sociedad Mexicana de Criminología”), la Criminología se puede llevar a cabo por medio de la Medicina para observar, diagnosticar, pronosticar y curar las enfermedades, es una Criminología Médica. El ser humano es el objeto de estudio de la Criminología Clínica y es él mismo el que da lugar al nacimiento de la Antropología Criminal, la Sociología, la Psicología, la Biología, etc. esto contempla una labor minuciosa en las observaciones de los delincuentes. Para él, son cuatro los rasgos dominantes de las personalidades psicopáticas: la irritabilidad, que, ante estímulos mínimos llegan a la ira, al disgusto y al pleito; la emotividad, una exaltación explosiva, por debilidad de mecanismos inhibitorios; impulsividad, de ella nace el impulso, es espontánea e imprevista; y la inmoralidad, intensidad prepotente y egoísta, sin control.
QUIROZ CUARÓN destacó tres aspectos fundamentales de la práctica clínica:



 1. La investigación clínica;


 2. La implementación de una Clínica Criminológica en el sistema penitenciario, a nivel interdisciplinario, para el estudio del delincuente y su tratamiento; y
 

3. La enseñanza de la Criminología en las Universidades. 




La Antropología Criminal nace en el ámbito penitenciario haciendo estudios clínicos realizados por CÉSAR LOMBROSO hasta convertirse en un estudio completo de la personalidad del individuo infractor para conocerlo, diagnosticarlo, clasificarlo y en su caso, darle tratamiento.  





 STEPHAN HURWITZ 


Para STEPHAN HURWITZ, la Criminología es el estudio empírico de los factores individuales y sociales sobre los que se asienta la conducta criminal.
 La Criminología se orienta primariamente hacia la etiología del crimen. HURWITZ realiza un exhaustivo análisis de la base biológica de la criminalidad, de los factores hereditarios en familias criminales y profundiza además en la importancia de los factores psíquicos de la criminalidad describiendo las distintas enfermedades mentales relacionadas con el delito; a saber: actualmente se observan como conductas peligrosas los sujetos que como el paranoico, el antisocial, el límite, el histriónico, el esquizofrénico (desorganizado, catatónico, paranoico, bipolar), el autista, el maniaco, el depresivo, entre otros.


 También señala que para el tratamiento hay que considerar ciertas fases del delito o del delincuente; por decir, la fase predelictiva, el delito y la fase postdelictiva; es decir, conocer los factores que han intervenido durante el desarrollo de cada una de las fases, nuevamente conocer los factores endógenos y exógenos. A esta lista cabe agregar a los estudiosos que se mostrarán más adelante: FREUD, ADLER, JUNG, ERIKSON, MASLOW, ROGERS, BOWLBY, SKINNER y BANDURA, pues cada uno dedicó tiempo al estudio del fenómeno criminal, arrojando los resultados que se muestran en cada capítulo correspondiente. Posteriormente en próximas ediciones se realizará un capítulo especialmente dedicado a: “Los Precursores de la Criminología del Desarrollo


martes, 30 de agosto de 2016

CRIMINOLOGÍA DEL DESARROLLO (CAPITULO I)


PRINCIPIOS DE CRIMINOLOGÍA

(CAPITULO I) 


. INTRODUCCIÓN

En este primer capítulo se muestran los conceptos básicos de la Criminología General: historia, precursores, definiciones y objetos de estudio; pues, para poder entender posteriormente qué es la Criminología del Desarrollo, hay que conocer primeramente la generalidad de ésta. Primeramente, se hace una reseña histórica del nacimiento de la Criminología, después, se señalan algunos conceptos para que el lector acerque ideas de lo qué es la Criminología para diversos autores, también se muestran los diversos tipos de personalidades como objetos de estudio y lo que es crimen, criminal y criminalidad.

ORIGEN DE LA CRIMINOLOGÍA




La Criminología tiene un largo desarrollo histórico, han sido muchos los autores que han estudiado diversos aspectos del fenómeno criminal, pero, para el objetivo introductorio de este tema, se señala lo más básico y necesario. Por el año de 1876 se publicó “El hombre delincuente” del médico italiano EZEQUIAS MARCO CÉSAR LOMBROSO LEVI quien tras haber estudiado delincuentes por largo tiempo dentro de las cárceles y fuera de ellas (pues pagó a algunos no encarcelados para hacerles estudios), encontró una serie de características físicas, sociales y psicológicas en estos seres: un desarrollo potente de las mandíbulas, anomalías en las orejas, insensibilidad al dolor, precocidad sexual, pereza, inestabilidad emocional, falta de previsión, inclinación al alcohol, organización en forma de bandas, la tendencia a tatuarse e inclinación a juegos crueles, entre otras particularidades; así, LOMBROSO creyó en la existencia de un hombre criminal predeterminado al delito y que se asemejaba al ser salvaje, a una regresión del hombre primitivo. Por estos hechos y por el de sistematizar el conocimiento referente al crimen, criminal y criminalidad junto con el estudio de sus causas, a LOMBROSO se le atribuye ser: “el Padre de la Criminología” y es el día 15 de abril de 1876 que se considera el nacimiento de la Criminología como ciencia. Junto con CÉSAR LOMBROSO, hay otros autores que trabajaron con él: ENRICO FERRI y RAFAEL GARÓFALO, quienes consideraron a LOMBROSO como centro de ideas y sobre las cuales trabajaron desarrollando teorías y conceptos útiles para nuestra ciencia. FERRI es considerado como “el Padre de la Sociología Criminal” y GARÓFALO difundió y popularizó el término: “CRIMINOLOGÍA” con la publicación de su libro: “La Criminología (Estudio sobre el delito y la teoría de la represión)” además de desarrollar muchos estudios y aportaciones. Hay que poner especial atención en lo antes expuesto, pues los estudios de LOMBROSO, FERRI y GARÓFALO fueron el origen de la Criminología como ciencia que estudia al delincuente física, social y psicológicamente, y dichos análisis son la base para la descripción de la conducta antisocial, y aunque haya autores que afirmen que estas teorías ya son antiguas, no se pueden considerar así, pues aun persisten de manera notoria al momento de hacer el diagnóstico psicológico, social y de peligrosidad del delincuente. Dichas afirmaciones se mostrarán ulteriormente. 


CONCEPTOS DE CRIMINOLOGÍA


Para el médico italiano BENIGNO DI TULLIO es: “la ciencia generosa [...], mediante la cual se haga posible combatir más eficazmente la causa de los más graves y más frecuentes actos antisociales y criminales, y buscar los medios aptos para desarrollar en cada hombre una más profunda y más activa bondad, que constituye la premisa esencial de todo verdadero mejoramiento de la persona humana y; por ello, de la misma humanidad”.3 Para el jurista austriaco HANS GÖPPINGER es: “la ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa de las circunstancias de la esfera humana y social relacionadas con el surgimiento, la comisión y la extinción del crimen, así como del tratamiento de los violadores de la ley”.4

 Para el jurista español ANTONIO GARCÍA-PABLOS DE MOLINA: 5 “ésta estudia el crimen, la personalidad del criminal y el control social para evitar esta conducta; además, trata de suministrar información científica, contrastada sobre la génesis, dinámica y variables del crimen desde lo individual hasta lo social, así como los programas de prevención y tratamiento del ser antisocial”. Para el jurista español MARIANO RUIZ FUNES, y el médico mexicano ALFONSO QUIROZ CUARÓN, Criminología “es la ciencia sintética, causal, explicativa, natural y cultural de las conductas antisociales”.6 

Este es el concepto más popular en México, debido a que en engloba lo básico en el estudio de la Criminología; aunque, ya debe ser superado y mejorado, pues el desarrollo de la ciencia lo requiere. Y para el autor de esta obra,7 Criminología “es la ciencia que busca las causas de las conductas antisociales presentes durante la evolución de los individuos que lo han llevado a desarrollar una personalidad antisocial, se extiende de las conductas tipificadas como delitos y abarca además de éstos, a los trastornos relacionados con la personalidad antisocial. Al conocer las causas de la conducta antisocial, tratará de prevenirlas, y si ya se lleva a cabo dicha conducta, dará tratamiento para su rehabilitación; así como el modo de operación de las instituciones carcelarias y la readaptación de los antisociales tanto dentro como fuera de prisión”.

TIPOS DE PERSONALIDADES 


Después de ver varios conceptos de Criminología, se podrá haber notado el énfasis sobre el estudio de las conductas antisociales, este es el objeto principal de análisis, por ello este tema; pero, para saber qué conductas son consideradas como dañinas, hay que conocer antes cuáles son las más aceptadas por la sociedad y consideradas como normales, además en el trascurso de la obra se verán más detalladamente los criterios de la normalidad y la anormalidad, así como los de la conducta antisocial, pues en este trabajo es de gran importancia el estudio de la personalidad. 

 PERSONALIDAD SOCIAL


 Es la que se adapta a las normas más comunes de convivencia y desarrollo, no destruye a la sociedad. La mayoría de las conductas son así, las que buscan llevar a cabo relaciones de interacción. 

 PERSONALIDAD DESVIADA 


Dentro de este tipo de personalidad se pueden encontrar diversas conductas, entre algunas de ellas son las que carecen de contenido social, no tiene relación con las normas de convivencia, se aísla; por ejemplo, el que no convive con su familia, no tiene amigos, etc. Esto es contrario a lo que los seres humanos deben aprender a vivir juntos en una forma de unión. Es la no aceptación de los valores adoptados por la colectividad, pero es importante señalar que aunque a veces no se acepten las normas hay quienes las respetan.

PERSONALIDAD ANTISOCIAL

 El Dr. ORELLANA WIARCO8 señala que: “para determinar el campo de estudio de la Criminología es necesario que profundicemos un poco al respecto. No todos los estudiosos de esta materia; cuya sistematización es muy reciente, están totalmente convencidos de que la Criminología deba ocuparse exclusivamente del estudio de las conductas delictuosas, o sea de aquéllas que realizan los individuos y que quedan perfectamente encuadradas o tipificadas en las descripciones que la Ley Penal contiene; o si, por el contrario, pueda abarcar un campo todavía más extenso, como serían los llamados estados criminógenos, que sin encontrarse tipificados como delitos, constituyen una predisposición, un riesgo, una inclinación más o menos acentuada, que inducen al individuo a delinquir, como son el alcoholismo, la drogadicción, la prostitución, la vagancia, etc.” así como los trastornos de la personalidad. Para profundizar un poco en ese campo de la Criminología es necesario conocer lo siguiente: la característica esencial de la personalidad antisocial es un comportamiento general de desprecio y violación a los derechos de los demás, comúnmente comienza en la infancia o el principio de la adolescencia y continúa en la edad adulta. 

La personalidad antisocial también ha sido denominada: “psicopatía, sociopatía o trastorno antisocial de la personalidad”; en general, es todo comportamiento que va contra el orden social, destruye. Como lo señalaba RAFAEL GARÓFALO, se muestra indiferencia y falta de remordimientos al causar un daño, o no se da alguna explicación ni enmiendan a nadie por su comportamiento, no hay sentimientos de empatía ni de respeto o como él los llamaba sentimientos de probidad y de piedad. Es importante apoyarse en Psicólogos que a la vez conozcan de Criminología, pues así se le dará un enfoque criminológico adecuado; desafortunadamente son pocos, pero para sustento de lo siguiente se recurre a la Dra. HILDA MARCHIORI9 que ha desarrollado estudios clínicos penitenciarios en las cárceles de Argentina y de México; así, señala algunas de las características de la personalidad antisocial, a saber: 

• Es una persona con una marcada inestabilidad en todas sus conductas que proyecta una personalidad con una grave conflictiva que se traduce especialmente en la relación interpersonal agresiva y autodestructiva;

 • El antisocial presenta dificultades en el pensamiento, en especial en relación a un pensamiento lógico debido a que se mueve en un plano bastante inmaduro e infantil; 

• El juicio está en desconexión con la realidad y esto posibilita las fantasías y ansiedades persecutorias. Las características están dadas por la permanente hostilidad y los juicios que hace están en función de esa hostilidad;

 • La comunicación es inestable y predomina un contenido verbal sádico e infantil, tiende a una manipulación y burla de las personas. El lenguaje por lo general es autoritario; y

 • En la afectividad, el sentimiento de culpa está muy disminuido, con escasa capacidad para experimentar emociones. Frente a los demás, el antisocial parece frío, rígido, pero es una protección a sus sentimientos infantiles. Existen fuertes sentimientos internos de inferioridad, de ahí la necesidad del comportamiento agresivo.10

 En algunas observaciones a diversas personas que denotaron comportamientos antisociales, se percibió que son hiperactivos y se aburren fácilmente con sus actividades, por lo que busca cambiar de una a otra, además marcan su cuerpo a través de tatuajes y cortes que son conductas de identificación en un grupo y de autodestrucción. Tienden a sobrevalorarse en su cuerpo y en sus habilidades, pero a la vez tienen una autoimagen pobre de sí mismos. Muchos autores han trabajado en el estudio de la personalidad antisocial; así, tenemos a diversos Doctores en Medicina, Psicología y Psiquiatría, BLASHFIELD, FIESTER, MILLÓN, PFOHL, SHEA, SIEVER y WIDIGER, quienes forman parte del Comité Elaborador de la obra colectiva “Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales” de la “Asociación Americana de Psiquiatría”, encargados del área de los trastornos de la personalidad, y explican lo siguiente:11 el antisocial agrede a la sociedad, destruye, no respeta  las leyes, no va de acuerdo con la sociedad sino que va en su contra, no se adapta a ella; además, muestra desprecio, es impulsivo, no tiene capacidad para planear el futuro, es agresivo, irresponsable y carece de remordimiento.

 El antisocial es egocentrista, ya que piensa que lo que hace está bien, lo justifica, racionaliza y es por ello su falta de remordimiento; es lábil, el castigo no lo intimida, no piensa en el pasado ni el futuro. Los sujetos antisociales no logran adaptarse a las normas sociales en lo que respecta al comportamiento legal. Pueden cometer repetidamente actos que son motivo de detención como la destrucción de una propiedad, molestar, robar o dedicarse a actividades ilegales. Frecuentemente, engañan y manipulan con tal de conseguir provecho o placer personal. Pueden mentir repetidamente, utilizar un alias, estafar a otros o simular una enfermedad. Se puede poner de manifiesto un patrón de impulsividad demostrado en varias áreas de la vida, las decisiones se toman sin pensar, sin prevenir y sin tener en cuenta las consecuencias para uno mismo o para los demás. Los sujetos antisociales tienden a ser irritables y agresivos y pueden tener peleas físicas o cometer actos de agresión. 

Estos individuos también muestran una despreocupación imprudente por su seguridad o la de los demás, esto puede demostrarse en su forma de conducir (repetidos excesos de velocidad, conducir estando intoxicado, accidentes múltiples). Pueden involucrarse en comportamientos sexuales o consumo de sustancias que tengan un alto riesgo de producir consecuencias perjudiciales. Pueden descuidar o abandonar el cuidado de un niño de forma que puede poner a ese niño en peligro. Los sujetos antisociales también tienden a ser continua y extremadamente irresponsables. Tienen pocos remordimientos por las consecuencias de sus actos, pueden ser indiferentes o dar justificaciones superficiales por haber ofendido, maltratado o robado. Estas personas pueden culpar a las víctimas por ser tontos, débiles o por merecer su victimización (“me porté así porque tú me provocas”), pueden minimizar las consecuencias desagradables de sus actos o simplemente mostrar una completa indiferencia. Las características anteriores, son básicas de la personalidad antisocial y que en la actualidad son las que toman en cuenta Psicólogos, Psiquiatras y Criminólogos para diagnosticar o considerar a alguien como antisocial. 

El motivo de la tal vez amplia explicación de la personalidad antisocial es por el motivo de que es la más importante para el Criminólogo, pues abarca un abanico de conductas delictuosas y trastornos de la personalidad, así como delitos que los lectores podrán encontrar en el Derecho Penal en su parte especial y en la Psicología de la Anormalidad. Concluye el tema acertadamente el Dr. ORELLANA WIARCO12 apuntando lo siguiente: “seguramente se habrá advertido que consideramos a la Criminología como un conjunto de conocimientos que se ocupan de las conductas antisociales, fundamentalmente de las señaladas como delitos, así como de los motivos, causas o factores que inducen al hombre a delinquir”.

LOS NIVELES DE INTERPRETACIÓN 


El fenómeno antisocial se puede estudiar en tres niveles: individual, conductual y general. El conocimiento profundo de un nivel facilita el conocimiento de los demás. El primer nivel es el de interpretación conductual (el crimen), es en el que se estudia la conducta antisocial individual. Este nivel de interpretación busca las causas de su conducta. Dentro de éste deben distinguirse dos formas de análisis, un crimen en concreto, realizado en un momento y lugar determinado; y una forma criminal en particular; es decir, se cometió un delito, hay que conocer de las causas de dicho acto; y segundo, por qué cierto delito en particular. El segundo nivel es el de interpretación personal (el criminal), es en el que se analiza al autor de la conducta antisocial, se busca llegar a la aplicación de cierto tratamiento y rehabilitación. (Criminología Clínica). Aquí debe concentrarse a lo que el sujeto es (Criminología) y no a lo que ha hecho (estudiado por la Criminalística y el Derecho Penal). La interpretación en este nivel es individual, y no pueden obtenerse conclusiones generales; es decir, los resultados sólo tienen aplicación para el caso concreto y no a la generalidad.

Y por último, está el nivel de interpretación general (la criminalidad), es en el que se estudian el conjunto de las conductas antisociales y sus características en un lugar y tiempo determinados. El método estadístico es inseparable de éste. 

 CRIMEN 

El crimen “es la acción que agrede a un individuo o a la sociedad en sus bienes, afecta la integridad mental, física y material de las personas”. Desde la perspectiva de un positivista, ENRICO FERRI13 crimen es un acto que implica motivos individuales y antisociales que afectan la integridad social. Jurídicamente, delito es la acción u omisión tipificada, antijurídica y culpable, a la que la ley penal imputa consecuencias jurídicas. El delito debe estar previamente elaborado, definido y sancionado por una ley penal, y no está permitido que se inventen delitos por relación o parecido con otros (analogía), pues así lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.14 Importante es hacer la diferencia entre delito, crimen y conducta antisocial, delito es el término que utilizan los Juristas para referirse a la violación de la ley, la conducta antisocial es lo que los Criminólogos señalamos como objeto de estudio, pero en la actualidad, se emplea la palabra crimen como sinónimo de ambas: delito y conducta antisocial por el hecho que etimológicamente, Criminología es el estudio del crimen, pero esto ha trascendido, pues la Criminología es el estudio de las conductas antisociales, estén o no contempladas en una ley; así, se estudian las causas de los delitos tipificados en el Código Penal y de las conductas antisociales señaladas en el “Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales”.  

CRIMINAL

 Criminal “es el sujeto que comete un crimen o un quebrantamiento a las reglas sociales”. El delincuente “es el sujeto activo de la infracción penal”. El Derecho Penal aplica la eliminación del delincuente de la sociedad. La Criminología estudia la personalidad criminal o antisocial, para conocer las causas, darle un tratamiento y eliminarlas. La personalidad del criminal siempre ha sido objeto de investigación, son los factores de la personalidad que hacen que la Criminología por medio de la Psicología tenga una función importante, aunque para el Derecho Penal esto se le escape. La investigación, descubrimiento, arresto y estudio de un antisocial, sirve para conocer las causas que lo llevaron a cometer cierta conducta, así como preventivo de crímenes; los cuales podrían ser cometidos en el futuro por ese mismo delincuente, en caso de seguir libre en la sociedad; además, el conocimiento de los antisociales sirve para planear de cierta manera una prevención. 

CRIMINALIDAD

 Criminalidad “es el conjunto de hechos antisociales cometidos contra la colectividad”. Jurídicamente “es el conjunto de infracciones de fuerte incidencia social cometidas contra el orden público y tipificadas en una ley penal”. El estudio de todo este conjunto de conductas antisociales corresponde a la Sociología Criminal, aunque a consideración personal el término debería ser: Criminología Social. Para el jurista mexicano GONZÁLEZ DE LA VEGA15 la criminalidad es la forma más grave de la desorganización social y señala que: “la inseguridad y la criminalidad han ido en aumento, tanto en la organización delictiva, como en la forma más sofisticada atentatoria del orden social”. El fenómeno de la criminalidad se ha manifestado en todas las sociedades y en todas las épocas, sin que la humanidad haya podido verse libre de este inservible fenómeno. Nadie podrá ser indiferente a este problema y ningún Gobernante debería renunciar a aplicar a este fenómeno social los métodos más inteligentes que tengan a su alcance (Criminología y Criminalística) para contribuir a disminuir sus efectos en la medida de lo humanamente posible.  

lunes, 22 de agosto de 2016

GRAFOSCOPIA

En la grafoscopía así como en cualquier otra disciplina se utilizan ciertos términos que es necesario conocerlo para poder entender la estructura de los grafos y poder trabajar con estos de manera comprensible para cualquier persona.


Acerado: referente al punto de ataque, en punta muy fina, con rapidez inicial y de escasa presión, que luego se va acentuando sin cambiar de dirección.


Ascendente: la desviación de la escritura hacia arriba, respecto de la línea horizontal imaginaria


Bucle: tipo de enlace, que tiene forma de una “i” minúscula y en cursiva.



Cuerpo: es todo el contenido de una palabra, que es el espacio limitado por los renglones y los márgenes.


—Angulo: Parte de un plano comprendida entre dos semirrectas que tienen el mismo punto de origen o vértice.—

—Arco: Cualquier curva continúa que une a dos puntos, Es el trazo curvo que aparece en forma de semicírculo, que puede ser completo o incompleto.

Arco Completo: trazo curvo que aparece en forma de semicírculo, que ocupa toda la letra.



—Arco Medio: trazo curvo que aparece en forma de semicírculo, que ocupa solo una parte del trazo.

—Arpón: Signo grafico importante de estudiar, representado como un gancho delgado en el inicio o desenlace de un grafismo.

Asta inferior: la parte baja de una letra

Asta superior: la parte alta de una letra

—Base: asentamiento de un grafismo.

—Botón: forma de un punto de ataque con Parada inicial con engrosamiento.

Brisado: pertenecen a fallas en la continuidad, se caracterizan por un corte repentino o rotura del trazado; la onda gráfica, sufre una interrupción en su recorrido dejando un espacio en blanco, de modo que parecería que la tinta hubiera cesado de fluir.

Cierre: Representa la conclusión de un grama.

Hesitación:—Trazos irregulares que denotan duda en su desarrollo.



lunes, 15 de agosto de 2016

DEFICIENCIAS DE SEGURIDAD PÚBLICA QUE HAN LLEGADO A PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD NACIONAL.

DEFICIENCIAS DE SEGURIDAD PÚBLICA QUE HAN LLEGADO A PROBLEMÁTICA DE  SEGURIDAD NACIONAL.
Los Grupos de Autodefensa y otras consideraciones.
Lic. Francisco Parada Ávalos



 
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Sumario:1.- Seguridad Pública. 2.- Seguridad Nacional. 3.- Seguridad Pública como problema de Seguridad Nacional. 4.- Inseguridad manifiesta. 5.- de la Violencia al estado Fallido. 6.- La Desesperación ante la Inseguridad. 7.- Los grupos de autodefensa, las policías comunitarias y los paramilitares. 8.- Riesgos y Oposición a grupos de autodefensa.9.- Análisis Jurídico.
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1.- Seguridad Pública.
La Seguridad Pública es una función del Estado cuyo fin es preservar el ejercicio y el goce de  derechos de las personas en el territorio de  jurisdicción de los poderes estatales, así como prevenir y sancionar a los responsables de su violación o quebrantamiento.
Como un ejemplo, la doctrina española define así la seguridad:
“Corresponde al gobierno, a través de las autoridades y las fuerzas de seguridad proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana… crear y mantener las condiciones adecuadas a tal efecto y remover los obstáculos que lo impidan…”[1]
En el portal de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión encontramos la siguiente definición:
“La seguridad pública es, como explica Sergio García Ramírez, una cualidad de los espacios públicos y privados, que se caracteriza por la inexistencia de amenazas que socaven o supriman los bienes y derechos de las personas y en la que existen condiciones propicias para la convivencia pacífica y el desarrollo individual y colectivo de la sociedad[2].
Puede considerarse objetiva y subjetivamente la seguridad pública.
a)   Se considera objetivamente a la capacidad del Estado para mantener el orden y salvaguarda de los derechos a través de las diversas acciones en cumplimiento de planes y programas concebidos y llevados a la práctica en cumplimiento de las leyes.
b)   Subjetivamente es la sensación de las personas respecto de sentirse o no protegidos por las Instituciones públicas, el nivel de dicha tutela y qué tan seguros se sienten en el desarrollo de su vida cotidiana y en el ejercicio o goce de sus derechos.
2.- Seguridad Nacional.
La Seguridad Nacional, por su parte consiste en la posibilidad fáctica de que el Estado cumpla con sus funciones, realice expeditamente la misión gubernativa sin trabas o invasiones de poder.
Tiene que ver con la soberanía y la inviolabilidad de las acciones propias de su competencia, así como los desempeños de sus obligaciones constitucionales en forma normal y sin impedimentos.
“La seguridad nacional tiene que ver con la soberanía del Estado, con la paz interior, con la gobernabilidad, el control y el orden social.”[3]
El CISEN, dependiente de la Secretaría de Gobernación, en su página oficial establece:
“El concepto de Seguridad Nacional se refiere a una realidad concreta que le permite al Estado mantener su integridad, estabilidad y permanencia… Tiene como universo al conjunto de acciones, estrategias y políticas destinadas a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado, del orden constitucional, de las instituciones democráticas y del desarrollo social, económico y político”[4].
3.- Seguridad Pública como problema de Seguridad Nacional.
La seguridad pública se convierte en problema de seguridad nacional cuando la delincuencia, escapándose del control del Estado y convirtiéndose en amenaza a la paz social, toma el lugar de las autoridades y ejerce sus funciones de hecho aunque no de derecho y en consecuencia las autoridades legítimas pierden la capacidad de mantener el Estado de Derecho, y crecen los niveles de inseguridad e ingobernabilidad al grado de que la delincuencia realiza funciones propias de gobierno como control de ciertas zonas del país, desconocimiento de autoridades, exigencia de pago de contribuciones, cuotas o permisos en forma de extorsión, compra de policías, presidentes municipales o funcionarios, altos niveles de impunidad que disuade la justa aplicación de la ley; la imposibilidad de combatir el crimen por la colusión o complicidad en todos los niveles de gobierno, etc.
La población se llega a preguntar quién manda, quién gobierna, quién determina las políticas y acciones del Estado, si es la autoridad legítimamente constituida, el crimen organizado o incluso los grupos convertidos en poderes fácticos que influyen notablemente en las decisiones gubernamentales, como lo denuncia, entre otros, la investigadora Denise Dreser[5].
Así es como la seguridad pública, cuando no se desempeña convenientemente termina en problema de seguridad nacional.
La gobernabilidad y la soberanía se quebrantan y quedan en manos de delincuentes o mafiosos con poder para influir o manejar gravemente la vida pública en sectores muy bien determinados.
“La delincuencia organizada y la evolución del narcotráfico son temas de seguridad nacional porque disputan al Estado sus potestades del uso exclusivo y legítimo de la fuerza y el derecho exclusivo para el cobro de impuestos… en algunas zonas del país indudablemente disputan al Estado esas potestades, por lo que la problemática relacionada con esos grupos constituye un problema de seguridad nacional”[6].
4.- Inseguridad manifiesta.
Como consecuencia de esta realidad, las historias de extorsión en comunidades rurales, de secuestros, de ejecuciones, de levantones y denuncias de que las autoridades se encuentran coludidas con los delincuentes se difunden por todo el país y son estremecedoras.
No hay poblado que no cuente, conozca o haya sido víctima de este complejo marasmo de complicidades y situaciones de inseguridad. Existe un alto nivel de miedo e inseguridad subjetivamente hablando porque objetivamente la autoridad es incapaz de cumplir con el mandato constitucional de dar seguridad a la población.


5.- De la violencia al Estado Fallido. 

Sin embargo, y a pesar de las campañas gubernamentales y las políticas de seguridad de los últimos sexenios… 

“Durante años, el país ha sufrido una guerra social cuyo costo en vidas humanas ronda ya los 100 mil muertos, la mayoría pobre y joven, mientras la sociedad se encuentra presa de incertidumbre y por la desesperanza… el monopolio de la violencia, que supuestamente corresponde al Estado, ha sido usurpado por grupos armados que asuelan calles, negocios, barrios, comunidades, regiones e incluso estados completos, que son abandonados en la indefensión y a merced de sus acciones delictivas”[7]

Las cifras son aterradoras en materia de ejecutados y asesinados, adicionada con una cifra superior a veinte mil desaparecidos. 

“El reconocimiento oficial de reportes que contienen más de 26 mil personas desaparecidas o <extraviadas> en México entre 2006 y 2012, confirmó la inmensa tragedia que viven miles de familias y las escalofriantes dimensiones de las violaciones de derechos humanos que han permanecido ignoradas durante años. Así lo señaló el informe de Amnistía Internacional, -Desapariciones en México: Es hora de verdad y justicia-. La organización, con sede en Londres, indicó que las declaraciones de los ex funcionarios solo han minimizado los hechos en donde hubo miles de desaparecidos y desapariciones forzadas”[8]

Igualmente la Organización Espora, hace eco de la declaración Gubernamental por parte de la Funcionaria Lía Limón quien reconoce las desapariciones: 

“MÉXICO, D.F.- El gobierno anunció una base de datos oficial que registra al menos 26,121 personas desaparecidas durante la administración del presidente Calderón (2006-2012), aunque no todas estarían relacionadas con el combate al narcotráfico… La subsecretaria federal de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Lía Limón, informó que la lista fue elaborada por el centro de análisis de la Procuraduría General de la República para el periodo de diciembre de 2006 al 30 de noviembre de 2012… La lista no incluye desapariciones ocurridas durante el actual gobierno del presidente Peña Nieto”[9]

Aunado a esta situación, se vive una corrupción escandalosa, de la que todo el país conoce y es testigo; impunidad al 95 por ciento[10]; improductividad del campo, cierre de miles de empresas por las extorsiones y la inseguridad, aumento de redes de narcotráfico, extorsión, secuestro, trata de personas; incremento en el consumo de drogas y centros de vicio; deserción escolar preocupante, sindicatos corruptos, violencia intrafamiliar, robos a personas y domicilios, desatención a las víctimas del delito[11] y otros muchos indicadores que llevan a la población al miedo y al país a ser calificado negativamente dentro del ranquin internacional del Estado Fallido. 

“El Consejo Regulador de la Industria y Servicios de Seguridad de la República Mexicana (CRISSRM) estimó que el incremento de grupos de autodefensa, agresiones a fuerzas federales, estatales, municipales, Ejército y Marina, más el ritmo de 10 ejecuciones por día de diciembre a la fecha, acerca cada vez más a México a ser un Estado Fallido… nuestro país se encuentra en el lugar 98 de 177 naciones analizadas a través de más de 1 millón de documentos de la Found For Peace de Washington, Estados Unidos… La calificación de riesgo de ser un Estado fallido se otorga al sumar 12 calificaciones que analizan viabilidad en acciones específicas en cada Estado, como son: presiones demográficas, cantidad de refugiados, grupos de agravio, fuga de cerebros; subdesarrollo, declive económico, deslegitimación del Estado, servicios públicos, aparatos de seguridad, desigualdad social, intervención externa y derechos humanos… Según los estándares del análisis <México en grave peligro de ser un Estado fallido>, el ranking del estudio a 177 países, los cuales ocupan de forma descendente se ubican como estados más estables hasta el 121, de ahí más abajo, son los que se encuentran en peores situaciones o en graves riesgos y CRISSRM ubicó a México el sitio 98[12]”. 

Estas son situaciones que se manifiestan en cifras frías de las que se desprende un riesgo fundado de estado fallido y se materializan en realidades lesivas a la población; entonces surgen reacciones de todo tipo, como las marchas por la paz, organizaciones civiles de resistencia al crimen, asociaciones de académicos o intelectuales contra la inseguridad y muchas otras manifestaciones sociales, como los grupos de autodefensa y policías comunitarias, e inclusive paramilitares. 

6.- La desesperación ante la inseguridad. 

Las situaciones descritas desembocan en un estado caótico que arrastra hacia una atmósfera de miedo e incertidumbre social. 

En muchas poblaciones urbanas y rurales se vive a un nivel de desesperación por el abandono en que se encuentran las personas ante la delincuencia imparable y dominadora de grandes extensiones territoriales. 

De esto se genera el ambiente psicológico de la necesidad de protección. 

El Estado falla en su misión de mantener el orden y la paz en los términos del artículo 21 Constitucional que ordena a los tres niveles de gobierno organizar la seguridad en los siguientes términos: 

“La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva… La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución”[13]

Pero resulta evidente con números en mano que no se han cumplido los principios predicados. Incluso es de hacerse notar que la situación se presta más bien a que crezca el fenómeno o al menos a hacer muy difícil su reducción. Lo cual se hace evidente por la forma como se han reclutado tantas personas al Crimen Organizado. 

“La tendencia de miles de personas a involucrarse en esta manifestación de la antisocialidad crece de manera impresionante año con año, a pesar de las medidas políticas de seguridad pública. Es un hecho innegable la incorporación casi masiva hacia las filas de la delincuencia organizada. Y si se detienen decenas de miles de miembros de los grupos organizados del crimen, como lo han afirmado las autoridades, ¿Cuántos más quedan libres delinquiendo en las calles? Si siguen operando con altísimos niveles de eficiencia, entonces… ¿Cuántos son en realidad? Los detenidos… ¿Dónde están? ¿Qué se está haciendo para su readaptación y reinserción social? ¿Qué motiva a los jóvenes y a las personas en general, hombres y mujeres, hasta niños, a arriesgar su vida y libertad en aras de la delincuencia? Este auge del crimen organizado es, entonces, el gran fracaso de las políticas del estado mexicano… Los miembros de la delincuencia organizada tienen sus garantías individuales vigentes, se trata de personas humanas… ¿qué falló en las políticas públicas de educación, cultura, economía, prevención y seguridad para que ellos se encuentren ahora en ese medio en lugar de realizarse como personas de bien? ¿Qué falló para que no estén dentro de la vida productiva? ¿Qué falló para que no sean actualmente profesionistas con actividad de mejora social? ¿Qué falló para que se enfrenten a la muerte y sean capaces de matar inmisericordemente a sus semejantes? ¿La solución ahora es matarlos a todos y acabar con las mafias a sangre y fuego o encarcelar a miles de jóvenes? ¿Eso detendrá el escandaloso reclutamiento masivo al crimen organizado? ¿Los actuales delincuentes no fueron niños con ilusiones de ser hombres de bien? ¿Qué los orilló a ser delincuentes? ¿Qué sigue fallando en las medidas tomadas para estar acabando con la vida de miles que luego son sustituidos por otros miles de delincuentes? ¿Qué falló para que el pueblo busque hacerse justicia por su propia mano? ¿Hasta cuándo parará este círculo vicioso? Y ante lo espectacular de la delincuencia organizada, y el combate a este fenómeno, se ha caído en un lamentable olvido y omisión en la lucha contra la delincuencia común; son la cifra más grande de delitos. No se trata de dejar de lado la lucha contra el crimen organizado, pero sí un grito de alerta contra la omisión de cuidar a la gente que es víctima de delincuentes comunes”[14]

Y de este contexto de inseguridad en todas partes se llega a la desesperación, al linchamiento, a la necesidad de buscar una defensa que el Estado no logra proporcionar y por ende una seguridad que no se ha podido garantizar hasta la fecha, y por ello es comprensible, aunque no del todo justificable la creación de una auto defensa incompatible en muchas ocasiones con el espíritu del artículo 17 de la Carta Magna, que a la letra enuncia: 

“Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito…”. 

El problema es cuando el Estado no puede cumplir con ese mandato constitucional y la gente se ve forzada a acciones desesperadas porque en ocasiones la justicia no llega y se cae en la tentación de actuar por propia mano.
7.- Los grupos de autodefensa, las policías comunitarias y los paramilitares.
También, ante este panorama alarmante se generan actos desesperados e inclusive  manipulados para preservar la seguridad de las comunidades, y ante la incertidumbre de la inseguridad y el abandono o la ineficiencia de las Instituciones de Seguridad Pública, ha habido respuestas no del todo aceptables o idóneas, como los grupos conocidos como Autodefensa o los Policías Comunitarios, que no precisamente son lo mismo.
“La coordinadora regional de autoridades comunitarias, diferenció a los grupos de autodefensa con la policía comunitaria… son grupos que no están afiliados con el Sistema de Seguridad y Justicia Comunitaria de la Costa Chica y Montaña de Guerrero… el objetivo de la policía comunitaria es brindar a la ciudadanía confianza. <Somos respetuosos de los derechos humanos y sus garantías> …se acumularon muchos delitos, mientras el <Ministerio Público hacía caso omiso a la ciudadanía, llegó un hasta aquí; se organizaron comunidades, la policía comunitaria surgió en Juanacatitlán, en un año en el que hubo más de 100 caídos>… al principio hubo <mucha represión, amenazas, varios desarmes a los primeros grupos de policías comunitarios>, pero lejos de desorganizarse se unieron más las comunidades para demostrar al gobierno y a la sociedad que su trabajo es dar seguridad y justicia… trabajan solos, <independientes de otras autoridades, somos independientes (…) no entran ni la Marina ni la estatal>, a través de convenio firmado”[15].
La diferencia entre las dos modalidades de grupos de apoyo a la seguridad es decir, policía comunitaria y los de autodefensa, es que éstos últimos no están sujetos ni afiliados a autoridad alguna y las policías comunitarias, sí cuentan con el aval de alguna autoridad pero que de hecho son independientes y cuidan de sus comunidades de forma directa y autónoma, sin intervención del gobierno en su funcionamiento y actividad.
La defensa del territorio y del propio sistema de justicia de los pueblos de la Montaña y Costa Chica de Guerrero, agrupados en la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (crac-Policía Comunitaria), no tiene descanso. En el frente externo deben luchar contra las mineras y contra un decreto que los desarticularía (dicho decreto fue roto en evento público).El decreto pretende que las policías comunitarias sean agentes auxiliares del Estado y prohíbe aplicar procesos de reeducación o sanciones, procesar a los detenidos, realizar detenciones fuera de la flagrancia, entre otras medidas que abarcan todas las funciones de la CRAC. Además, amenaza con sanciones si se realizan estas acciones. Para Gelasio Barrera, septuagenario fundador de la Policía Comunitaria, convertirse en auxiliares del Estado daría un golpe mortal a la base de la Comunitaria: que el mando directo de la policía es el pueblo y no el gobierno. El abogado mixteco Francisco López Bárcenas señala que las policías comunitarias son un fenómeno histórico en México y que la sorpresa que muestran las autoridades del gobierno por su aparición se debe a que no han volteado a ver a los pueblos indígenas”[17].
También existen, como apoyo a grupos poderosos de particulares e incluso para realizar acciones ilegales dirigidas por funcionarios estatales pero sin que intervengan directamente los agentes de la fuerza pública, los llamados paramilitares, una especie de grupos de seguridad con utilización específica de guardias de intereses.
“En territorios donde el Estado mexicano ha puesto en práctica estrategias contrainsurgentes o de guerra irregular, ha sido activado el paramilitarismo, con la complicidad de las autoridades y vinculado furtivamente a las fuerzas armadas, instituciones policiacas u organismos de inteligencia. (Ha habido denuncias) en torno a la existencia de grupos paramilitares, uno de los cuales fue responsable de la matanza de Acteal… (se definen) los grupos paramilitares como aquellos que cuentan con organización, equipo y entrenamiento militar, a los que el Estado delega el cumplimiento de misiones que las fuerzas armadas regulares no pueden llevar a cabo abiertamente, sin que eso implique que reconozcan su existencia como parte de ese monopolio de la violencia estatal. Los grupos paramilitares son ilegales e impunes porque así conviene a los intereses del Estado. Lo paramilitar consiste, entonces, en el ejercicio ilegal e impune de la violencia estatal y en la ocultación del origen de esa violencia… conformaron en muchas regiones rurales el sicariato o apéndice armado de terratenientes y oligarquías regionales, y que por las lealtades de clase, el Estado ha tolerado y protegido…”[18]
Los pueblos marginados o indefensos, e incluso agredidos por doble cuenta, la delincuencia y los grupos paramilitares, llegan al extremo de hacerse justicia por sí mismos.
Debido a experiencias como la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias-Policía Comunitaria (CRAC-PC), las que conforman la defensa del municipio de Cherán, Michoacán, las zonas de rebeldía autonómica protegidas por el EZLN y las surgidas en otras latitudes, articuladas a las comunidades, que las controlan y monitorean, sin ninguna relación con el Estado pero sujetos a reglamentos internos pueden llegar a ser legales y legítimas de acuerdo con la Constitución y pueden constituir espacios sociopolíticos donde se ha logrado controlar de manera efectiva al crimen organizado. O sea, que con estos grupos de auto defensa y policía comunitaria, en la práctica se ha detenido sustancialmente la delincuencia, o al menos eso se ha dicho. Es sin embargo un riesgo mayúsculo lo que puede representar la no intervención del Estado para salvaguardar a las comunidades que en ciertos casos pueden ser víctimas de la delincuencia si ésta llega a ser más fuerte que los guardias autóctonos y decide un ataque de represalia o de sometimiento de los pueblos defendidos por sus propios grupos[19]. De lo que puede resultar una guerra desigual con desventaja para las poblaciones olvidadas por el gobierno.
Hay que ver cómo el Estado hace frente a la proliferación natural de las autodefensas comunitarias por supuestamente romper con el estado de derecho, cuando a todas luces, según han comentado algunos estudiosos del fenómeno, ha sido el Estado el que sistemáticamente lo ha violentado a través de la práctica de la desaparición forzada, las ejecuciones extrajudiciales, la tortura, la corrupción-penetración por la delincuencia organizada de todas las esferas del poder público y la incapacidad total por parte de las autoridades para garantizar la seguridad pública y la administración de justicia”[20].
Los grupos paramilitares en esta atmósfera social son a la vez un peligro para las comunidades que de una u otra forma pueden ser focos de resistencia y ello podría generar agresiones con el fin incalificable de reprimir de forma enmascarada a favor de intereses gubernamentales o de caciques.
Por otra parte, el presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Raúl Plascencia, aseguró que la desatención de los tres niveles de gobierno originó que los ciudadanos se armaran y salieran a defenderse por propia mano[22]. De lo cual nació el conjunto de grupos de autodefensa en tantas entidades federativas.
Una consecuencia que parece lógica ante el abandono gubernamental.
8.- Riesgos y Oposición a grupos de autodefensa.
Luego de numerosas discusiones en el Congreso de la Unión y entre las autoridades locales de diversos Estados, comienza una manifiesta oposición a la proliferación ya preocupante de este tipo de grupos.
Por una parte el Presidente de México, Peña Nieto, aseguró que no permitirá su gobierno las actividades ilícitas de los grupos de autodefensa.
El presidente Enrique Peña advirtió que si los grupos conocidos como de autodefensa infringen la ley serán combatidos por su gobierno… declaró: -Somos un gobierno democrático que aplica la ley y ejerce al amparo de la ley… y más allá de la denominación que tengan los grupos, estaremos en absoluto respeto a esta libre expresión que nuestra Constitución consagra. Sin embargo, esto es muy distinto, las eventuales prácticas que hagan queriendo hacer justicia por propia mano son una actividad que está fuera de la legalidad y que el gobierno habrá de combatir-“[24].
En medios oficiales queda, además claro, que hay resistencia para dialogar con estos grupos mientras realicen actividades fuera de la ley:
“El gobierno federal no entablará diálogo con grupos y/o policías comunitarios o de autodefensa que porten armas de uso exclusivo del Ejército y con motivaciones distintas a las causas sociales justas, como las que enarbolan en Guerrero, Chiapas y Puebla, aseguró Jaime Martínez Veloz… El comisionado para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México dijo que las autoridades federales siguen de manera puntual el surgimiento de las llamadas guardias comunitarias en el país, con miras a atender sus llamados de diálogo y encauzarlos dentro del marco de la ley. Sin embargo, el funcionario de la Secretaría de Gobernación (Segob) sugirió tener cuidado y enfrentar la circunstancia de una forma distinta en estados como Michoacán, donde han surgido grupos con armas de alto poder… Si hay una solicitud de una comunidad con causas justas nosotros atenderemos ese llamado. No iremos a platicar, a dialogar con gente que tenga armas de uso exclusivo del Ejército, ahí no podríamos nosotros dialogar con un núcleo de esta naturaleza"[25].
En la Cámara de Diputados, el Movimiento Ciudadano se ha pronunciado respecto de estos grupos y establece, según publicación oficial de los Legisladores:
“El vice coordinador del Movimiento Ciudadano, consideró necesario que la Secretaría de Gobernación y las autoridades locales extremen su atención al surgimiento de los grupos de autodefensa, para evitar una eventual crisis. Estos grupos han proliferado en los últimos meses por el alto grado de impotencia y desesperación que tiene la sociedad. Es un síntoma de la ingobernabilidad que está viviéndose en ciertas partes del país, así como de la impotencia de grupos ciudadanos que ante las fallas de los aparatos de seguridad pública están recurriendo a estos modelos auto organizativos. Los grupos de autodefensa son cuestionables, pero son entendibles hasta cierto punto”[26].
La oposición obedece a que el Estado deja de tener el monopolio del uso de la fuerza y queda en manos de grupos de particulares, pero también a los riesgos evidentes, por una parte, del posible abuso de estas organizaciones ante simples sospechas, pero también en la forma en cómo se hacen de las armas con las cuales se surten de material logístico, pues no fueron adquiridas por los procedimientos ante SEDENA, y queda la duda respecto del origen, ante lo cual ya hubo reacciones. Incluso ha habido desencuentros fatales relacionados con los referidos grupos:
“La Procuraduría de Michoacán adjudicó a grupos de autodefensa la ejecución de un hermano del Alcalde de Buenavista Tomatlán, Luis Torres Chávez… Jesús Torres Chávez fue abatido con disparos de fusiles tipo AK-47 y AR-15, tras una persecución en una camioneta de su propiedad. Antes de partir, sus ejecutores le dieron el tiro de gracia”[27].
Habrá que ver si son acusaciones originadas en el subjetivo rechazo o si efectivamente existe la vinculación enunciada.
Por otro lado, también se nota la preocupación y la oposición a los grupos de auto defensa y policías comunitarios:
“La subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la Procuraduría General de la República afirmó que todas las instituciones de seguridad del país están abocadas a determinar el origen de los grupos de autodefensa o policías comunitarias, con el fin de saber si tienen un vínculo con la delincuencia organizada…la detención de 34 personas que formaban parte de un grupo de autodefensa que operaba en el municipio de La Ruana, Michoacán, el gobierno federal descubrió que habían sido armados por el cártel de Jalisco Nueva Generación…el presidente del Senado demandó al gobierno federal investigar con mucho cuidado la vinculación ya que esa situación puede detonar o sugerir condiciones de ingobernabilidad en varios puntos del paísEl presidente nacional del PRI expresó su preocupación porque el crimen organizado ha aprovechado para hacerse presente, en referencia a los grupos de autodefensa…Celebró que el Ejército Mexicano acreditara, entre los integrantes de ese grupo, posesión ilegal de armas de fuego que son de uso exclusivo de esa institución y deseó que no se extienda este fenómeno a otros lugares del país”[28].
No obstante el buen deseo del priista, vale la pena analizar el mapa de ubicación de los grupos de autodefensa, según investigación del periódico El Universal:
Es notorio que se encuentran en Estados como Sonora, Jalisco, Michoacán, Guerrero, Veracruz y Quintana Roo, entre otros, pues siguen generándose a lo largo y ancho de la República.
En cuanto al número, tan solo en Guerrero hay más de 5,000 elementos de policías comunitarias y grupos de auto defensa.
Véase además  la siguiente nota:
“Líderes del municipio de Juan R. Escudero, Guerrero, anunciaron que 2 mil personas que conformaban las autodefensas se convirtieron oficialmente en policías comunitarios, con lo cual suman 40 ayuntamientos del estado que operan bajo este esquema”[30].
Y analícese esta otra:
“En Guerrero, 106 policías comunitarios de cuatro comunidades de Tixtla se unieron a la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias”[31].
Como se puede ver es un riesgo social, es un riesgo respecto de la soberanía y por ende, de la seguridad nacional, y todo comenzó como un problema de seguridad pública mal atendido.
En Guerrero se ha llegado a la necesidad de integrar dichos grupos a través de convenio a un sistema estatal de seguridad, es decir, reconocer su existencia de forma oficial[32].
Incluso la Iglesia Católica ha dado su opinión oficial al respecto:
“…el editorial de Desde la Fe, órgano de difusión de la Arquidiócesis de México, se consideró que la capacidad del Estado para garantizar la seguridad de los ciudadanos está provocando la creación de policías comunitarias, las que podrían llevar a un caos social"[33].
9.- Análisis Jurídico.-
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulado permite que se lleven a cabo las acciones necesarias para conservar la integridad y la seguridad de las comunidades indígenas, y al efecto establece el artículo segundo:
“Artículo 2º…Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres… El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional.
A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para:
V. Conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras en los términos establecidos en esta Constitución… Las constituciones y leyes de las entidades federativas reconocerán y regularán estos derechos en los municipios, con el propósito de fortalecer la participación y representación política de conformidad con sus tradiciones y normas internas…”.
Lo anterior solamente aplica cuando las policías comunitarias sean pertenecientes a poblaciones indígenas, pero sucede que no se ha difundido el fenómeno solamente a estos grupos, se está extendiendo a otras comunidades.
Además la misma Carta Magna enuncia que existe un derecho esencial consistente en la libertad de reunión para fines lícitos al establecer:
“Artículo 9o. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar”.
La cuestión es si en este caso se trata de una reunión armada.
La Ley Fundamental reconoce el derecho humano de la libertad para defenderse contra ataques a los derechos fundamentales y por ello permite que los particulares puedan tener armas en su domicilio con el fin de una posible defensa a las agresiones injustas y para ello textualmente señala:
“Artículo 10. Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas”.
Lo problemático es que no se quedan las armas en casa y además se han incautado de las prohibidas por ser de uso exclusivo del ejército.
El artículo 16 permite detener a los delincuentes en flagrancia por parte de cualquier persona, siempre y cuando de inmediato y sin menoscabo de sus derechos sea entregado a las autoridades competentes:
“Artículo 16…Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención… En casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consignación del detenido deberá inmediatamente ratificar la detención o decretar la libertad con las reservas de ley.
Los grupos de autodefensa, además de realizar labores que corresponden al Estado, pueden llegar al extremo de aplicar sanciones e impartir justicia de forma abusiva y sin control, sin el debido registro de la detención como lo obliga la Ley Fundamental, pasando de ser un grupo que apoye a la seguridad deteniendo a los delincuentes, a un jurado que imparta justicia y ejecute por linchamiento o de alguna otra forma no permitida por la ley
“Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho…”.
En este aspecto, sí es notoria la acción en contra de los postulados constitucionales al estar prácticamente al filo de la navaja en lo que respecta a la justicia por propia mano.
Además, los grupos de autodefensa, por su misma naturaleza pueden violentar los derechos de los detenidos, sobre todo los siguientes, establecidos en el artículo 20 de la Carta Magna:
“Artículo 20.B. De los derechos de toda persona imputada:
I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa;
II. A declarar o a guardar silencio. Desde el momento de su detención se le harán saber los motivos de la misma y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal, toda incomunicación, intimidación o tortura. La confesión rendida sin la asistencia del defensor carecerá de todo valor probatorio;
III. A que se le informe, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia ante el Ministerio Público o el juez, los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten. Tratándose de delincuencia organizada, la autoridad judicial podrá autorizar que se mantenga en reserva el nombre y datos del acusador.
V. Será juzgado en audiencia pública por un juez o tribunal”.
Es muy posible que grupos de auto defensa no respeten el principio de presunción de inocencia, o la prohibición del maltrato y tortura o cualquier otro derecho fundamental por tratarse de personas particulares que no pertenecen a instituciones de seguridad oficiales.
También es posible, y según se ha sabido por las noticias que no se respetan los términos de la detención, y obviamente se pueden dar casos en que por no asentarse en actas de fe pública mantengan retenida a una persona por mucho tiempo y eso sería violación de derechos fundamentales.
El artículo 21 de la Ley Fundamental determina con claridad que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la Constitución señala. Y no por institutos particulares o comunales, a excepción de integrare en participación ciudadana bajo la dirección de las autoridades, lo contrario es una muestra de la falta de Estado de Derecho y la probable confirmación del Estado Fallido.
Y si la actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución, resultaría muy difícil que los grupos de autodefensa, las policías comunitarias y menos aún los paramilitares, puedan garantizar esos principios.
La Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, enuncia:
Artículo 5.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
X.        Instituciones Policiales: a los cuerpos de policía, de vigilancia y custodia de los establecimientos penitenciarios, de detención preventiva, o de centros de arraigos; y en general, todas las dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipal, que realicen funciones similares…
Ello hace ver que los grupos de autodefensa no están en condiciones de cumplir en la situación actual con las exigencias de esta ley.
El artículo 39 de dicha norma, ordena que para contratar personal de policía deben cumplirse los requisitos de aptitud y confianza necesarios, lo cual no corresponde con la formulación de los grupos de autodefensa:
“VIII.   Abstenerse de contratar y emplear en las Instituciones Policiales a personas que no cuentan con el registro y certificado emitido por el centro de evaluación y control de confianza respectivo;”
“Artículo 122.- El Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, conforme lo acuerden las Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública, contendrá la información actualizada, relativa a los integrantes de las Instituciones de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios…”
Y como en los grupos de referencia no hay una subordinación directa a las autoridades, entonces será muy complicado lograr el registro y por lo tanto saber quiénes son los integrantes de las policías comunitarias, grupos de autodefensa y mucho menos de los grupos de protección de naturaleza paramilitar.
Quizás, para lograr que los grupos de autodefensa se conviertan en apoyos reales y efectivos de la seguridad debería cumplirse al pie de la letra el siguiente artículo del ordenamiento citado:
“Artículo 123.- Las autoridades competentes de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios inscribirán y mantendrán actualizados permanentemente en el Registro los datos relativos a los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública, en los términos de esta Ley. Para efectos de esta Ley, se consideran miembros de las Instituciones de Seguridad Pública, a quienes tengan un nombramiento o condición jurídica equivalente, otorgado por autoridad competente”.
Lo anterior sería una verdadera garantía de certeza, por el hecho de conocer y tener el registro de los que se encargan de la seguridad y además se les daría el cargo oficial de agentes reconocidos y sustentados económicamente por las autoridades competentes, no por la delincuencia organizada o por caciques, y ello sería de ayuda para la comunidad y de control para el Estado.
La misma ley ordena en su artículo 124 que las autoridades competentes en materia de seguridad pública de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios manifestarán y mantendrán permanentemente actualizado el Registro Nacional de Armamento y Equipo, el cual incluirá vehículos, armas y municiones, lo que debería derivarse de igual manera a los grupos ya enunciados para que exista un verdadero control y supervisión de los mismos. Y como consecuencia se cumpliría lo enunciado por el artículo 125 que ordena: “Cualquier persona que ejerza funciones de Seguridad Pública, sólo podrá portar las armas de cargo que le hayan sido autorizadas individualmente o aquellas que se le hubiesen asignado en lo particular y que estén registradas colectivamente para la Institución de Seguridad Pública a que pertenezca, de conformidad con la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”.
Por eso, establece la misma ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública:
“Artículo 127.- El incumplimiento de las disposiciones de esta sección, dará lugar a que la portación o posesión de armas se considere ilegal y sea sancionada en los términos de las normas aplicables”.
La Ley de Seguridad Nacional también involucra ordenanzas específicas para el caso de las autodefensas aplicables a la problemática planteada:
“Artículo 3.- Para efectos de esta Ley, por Seguridad Nacional se entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, que conlleven a:
II.        La preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio;
III.       El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno;”
Este artículo deja ver que es preocupación de la seguridad nacional mantener la soberanía del territorio, y no solamente contra una invasión extranjera, sino también contra delincuentes que le disputan al Estado el poder, y desarrollan funciones de autoridad en forma ilícita, y además generan situaciones riesgosas al extremo, de lo que surgen acciones desesperadas de autodefensa a partir de las poblaciones agredidas en vista de la ineficiencia de las autoridades para afrontar y resolver la problemática.
Y se establecen las situaciones de inseguridad nacional, las cuales se enuncian de la siguiente forma:
“Artículo 5.- Para los efectos de la presente Ley, son amenazas a la Seguridad Nacional:
III.      Actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada;
V.        Actos tendentes a obstaculizar o bloquear operaciones militares o navales contra la delincuencia organizada”;
El hecho de que existan grupos de autodefensa es porque las autoridades no han cumplido su misión de proteger a las personas en sus derechos y ello ha llevado a la delincuencia a adquirir un poder bastante para crear un estado dentro del Estado y con ello generar un problema de seguridad nacional, no solamente por la fuerza de los delincuentes sino por la aparición de instituciones que toman el papel de autoridad para investigar, detener, defender y juzgar en algunos casos. Es una clara muestra de estado fallido y por ende, vulnerable en aspectos de soberanía.
La Ley General Para La Prevención Social De La Violencia y La Delincuencia, por su parte, da las pautas para en cierta forma justificar la existencia de grupos de autodefensa como reacción contra la delincuencia y la manifestación del cansancio de los particulares que se habían visto indefensos ante el embate cada vez mayor del crimen organizado.
“Artículo 2.- La prevención social de la violencia y la delincuencia es el conjunto de políticas públicas, programas y acciones orientadas a reducir factores de riesgo que favorezcan la generación de violencia y delincuencia, así como a combatir las distintas causas y factores que la generan”.
Esas políticas se han visto superadas en mucho por la realidad. Pero la misma ley da un norte para la participación comunitaria en la lucha contra la inseguridad, de la siguiente manera:
Artículo 8.- La prevención en el ámbito comunitario pretende atender los factores que generan violencia y delincuencia mediante la participación ciudadana y comunitaria y comprende:
I. La participación ciudadana y comunitaria en acciones tendentes a establecer las prioridades de la prevención, mediante diagnósticos participativos, el mejoramiento de las condiciones de seguridad de su entorno y el desarrollo de prácticas que fomenten una cultura de prevención, autoprotección…
IV. La participación ciudadana y comunitaria, a través de mecanismos que garanticen su efectiva intervención ciudadana en el diseño e implementación de planes y programas, su evaluación y sostenibilidad, y
V. El fomento de las actividades de las organizaciones de la sociedad civil.
Artículo 24.- La participación ciudadana y comunitaria, organizada o no organizada, en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia, es un derecho de las personas.
Artículo 25.- La participación ciudadana y comunitaria, organizada o no organizada, se hace efectiva a través de la actuación de las personas en las comunidades, en las redes vecinales, las organizaciones para la prevención social de la violencia y la delincuencia, en los consejos de Participación Ciudadana, en el Centro Nacional o a través de cualquier otro mecanismo local o legal, creado en virtud de sus necesidades.
Artículo 26.- La coordinación entre los diferentes mecanismos y espacios de participación ciudadana, tanto comunitaria como local, será un objetivo fundamental del Centro Nacional…
Esta ley deja en claro que sí es posible la organización de policías comunitarias, sobre todo cuando la urgencia y la inseguridad manifiesta hacen necesario el actuar de la colectividad y además se llega a convenios para el reconocimiento oficial de los grupos de autodefensa. Y será factible permitir los grupos organizados de auto defensa y policías comunitarias si en cumplimiento de las normas vigentes se logra el registro, control, inventario de armas y el cumplimiento de los requisitos esenciales para que los miembros activos de tales organismos surgidos por la necesidad se institucionalicen y queden bajo la autoridad del Estado de Derecho como eficaces coadyuvantes de la seguridad pública estatal.
De otra forma tendremos un retroceso a la ley del Talión, a la justicia por propia mano, a la anarquía en la justicia penal y a la desconfianza permanente y acentuada en las instituciones de seguridad.
No bastan pactos grandilocuentes y demagógicos entre partidos para hacer treguas en sus luchas intestinas. Es necesario poner manos a la obra para mejorar la seguridad que es un derecho humano al cual debemos aspirar todos los habitantes de nuestro País. Y más aún cuando persiste la amenaza de los grupos de autodefensa que han declarado pertinazmente que no dejarán las armas hasta en tanto no se recupere la paz y la seguridad en el país.
“Los grupos de autodefensa que han asumido por su cuenta la seguridad afirman que no se retirarán hasta que las autoridades tengan la capacidad de devolver la paz y la tranquilidad. -Hasta que restablezcamos la paz, entonces las armas se guardarán. Mientras, son necesarias para restablecer el orden-, señaló el promotor de la Unión de Pueblos Organizados del Estado de Guerrero (UPOEG), Bruno Plácido Valencio, según citó la versión digital del periódico mexicano El Universal. -Nosotros queremos fortalecer nuestra institución de seguridad y restablecer la justicia desde los pueblos; luego vamos a discutir el tema del desarrollo porque no podemos abatir la delincuencia con puras armas ni con puros balazos-”.
A pesar de la determinación del gobierno federal a través de su Secretario de Gobernación Osorio Chong, de hacer desaparecer los grupos de autodefensa[37], solamente se tienen noticia de algunos grupos que han decidido dejar las armas y esperar que el gobierno cumpla su promesa de atención contra grupos delincuenciales que azotan sus comunidades[38].
Así pues, el riesgo sigue latente. Si los grupos de autodefensa y policías comunitarios siguen por su cuenta, haciendo justicia por sí mismos, sin registro, sin identificación, pues muchos están encapuchados[39], queda la duda de si son del lugar, si no son zetas o sicarios, si están al servicio de algún cártel, si de verdad protegen a sus comunidades o las someten, si tienen antecedentes penales o son buscados por la justicia o si en realidad son garantes de la seguridad en sus ámbitos respectivos y son parte de la población, si están siendo denostados o  desprestigiados por el Estado y los medios de comunicación masiva o en verdad son un peligro. El lector sacará sus conclusiones.







[1] Mencionado en GONZÁLEZ de la Vega René. Política Criminológica Mexicana. Segunda Edición. Editorial Porrúa-UNAM. México, 2000. Página 348.
[2] GARCÍA Ramírez Sergio. Los desafíos de la seguridad pública en México, Universidad Iberoamericana, UNAM, PGR, México, 2002, p. 81. Tomado de:
http://www.diputados.gob.mx/cesop/Comisiones/. Consulta: 8 de mayo 2013. 13:15 horas.
[3] PARADA Ávalos Francisco. Contextos Históricos de la Criminalización. Primera Edición. Paideia Ediciones. México 2011. Página 198.
[4]http://www.cisen.gob.mx/espanol/seg_NalDef.htm Consulta: 8 de mayo 2013. 13:25 horas.
[5]http://www.youtube.com/watch?v=Fo5ruXnn9Tg Ver el discurso de Denise Dreser ante el H. Congreso de la Unión en Abril de 2010.
[6]ARANDA Jesús. La Delincuencia Organizada disputa poderes al Estado. Periódico La Jornada. Sección Política. Martes 14 de Abril de 2009.
[7]http://www.jornada.unam.mx/2013/03/29/opinionConsulta: 18 de abril 2013, 21:13 horas.
[8] ACOSTA Dolores. Lista oficial de desaparecidos en México, ratifica violaciones a los derechos humanos. Periódico El Occidental, versión Electrónica Guadalajara, Jalisco, México. 1 Marzo 2013.  Fuente: http://www.oem.com.mx/eloccidental/notas/n2897084.htm Consulta: 18 de Abril 2013 15:55 horas.
[9]http://desaparecidos.espora.org/spip. Consulta: 18 Abril 2013. 19:06 horas.
[10]MATÍAS Pedro.  Impunidad en México alcanza 95%, alerta oficina de la ONU. Artículo de la Revista Proceso. Número 1902.  Versión electrónica del 13 de abril de 2013. http://www.proceso.com.mx/?p=295536 Consulta: 18 de Abril de 2013. 16:04 horas.
[11]Felipe Calderón reconoció la desatención de los servidores públicos a las víctimas en su discurso de la XXX Sesión del Consejo Nacional de Seguridad Pública el día 30 de julio de 2011 en el Campo Marte. Fuente:
http://www.youtube.com/ Consulta: 29 de febrero de 2013. 18:30 horas.
[12] http://eleconomista.com.mx/sociedad/2013/03/24/  Consulta 17 de abril 2013 9:32 horas.
[13]www.diputados.gob.mx consulta: 16 de abril de 2013. 17:22 horas.
[14] PARADA Ávalos Francisco. Óp. Cit. Página 172.
[15]http://www.elindependientedehidalgo.com.mx/2013/03/98551 Consulta: 17 de abril de 2013, 12:14 horas.
[16] impacto.mx Consulta: 25 mayo 2013. 10:08 horas.
[18]http://www.jornada.unam.mx/2013/03/29/ Consulta: 18 de abril 2013, 21:13 horas.
[19] Cfr. Ibídem.
[20] Ídem.
[21]http://chacatorex.blogspot.mx/2011/10/sobre-los-matazetas.html
[22]http://www.milenio.com/cdb/doc/noticias2011/00c42119808cf2a5ff3ca2919a96c8e2Guerrero Consulta: 14 de abril de 2013. 23:41 horas.
[23]aztecanoticias.com.mx  Consulta: 25 de Mayo 2013. 9:57 horas.
[24]Revista Proceso, versión electrónica. Ver: http://www.proceso.com.mx/?p=338601 Consulta: 21 Abril 2013, 21:35 horas.
[25]http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/04/10/893151 Consulta: 14 de mayo de 2013. 13:00 horas.
[26]http://www3.diputados.gob.mx/camara/005Nota N°.1871. Consulta 21 Abril 2013, 21:45 horas.
[27]http://www.notisistema.com/noticiasConsulta: 11 mayo 2013. 13:10 horas.
[28]http://www.lajornadamichoacan.com.mx/2013/03/09/Consulta: 21 Abril 2013. 21:53 horas.
[29]http://www.eluniversal.com.mx/graficos/graficosanimados13/ Consulta: 22 Abril 2013. 22:39 horas.
[30]http://www.notisistema.com/noticias/ Consulta: 11 mayo 2013. 13:18 horas
[31] Ibídem.
[32]http://www.notisistema.com/noticias/?s=autodefensa  Consulta: 10 mayo 2013. 23:22 horas.
[33]http://www.informador.com.mx/mexico/2013/455910/  consulta: 7 mayo 2013. 17:25 horas
[34] Imágenes Google.com policía comunitaria. Consulta: 25 de Mayo 2013. 10:30 horas.
[35] Periódico El siglo de Torreón. 25 de Mayo de 2013. Sección Nacional. Primera Plana.
[36]http://www.maspormas.com/ Consulta: 8 de mayo 2013. 18:50 horas.
[37] Radio Imagen informativa 93.9 FM. 21 de Mayo 2013. 10:30 horas.
[38]http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2013/05/21/  Consulta: 25 de Mayo 2013. 10:04 horas.
[39]Cfr.http://noticias.univision.com/mexico/noticias/article/2013-02-10/  Consulta: 12 Mayo 2013. 11:01 horas.